Camones, quien postula al Senado Nacional, fue investigada luego de que entregara juguetes gratuitamente unas durante unas actividades navideñas en la región Áncash en diciembre pasado.
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 ordenó este lunes el archivo del expediente de fiscalización contra la parlamentaria Lady Camones y el partido Alianza Para el Progreso por presuntamente haber vulnerado la norma que prohíbe la entrega de dádivas en campaña electoral.
Camones, quien postula al Senado Nacional, fue investigada luego de que entregara juguetes gratuitamente unas durante unas actividades navideñas en la región Áncash el 17 y 22 de diciembre pasado.
Según la resolución del JEE, se determinó que la legisladora no tenía la condición de candidata inscrita al momento que participaba en esa entrega de obsequios a los menores, por tanto, no incurrió en una infracción a la norma electoral.
Lady Camones destacó esta noticia en sus redes sociales oficiales. Además, calificó como “maliciosa” la denuncia que recibió en su contra.
¡Seguimos en carrera hacia el Senado de la República!
— Lady Camones Soriano (@LadyCamones) February 2, 2026
⁰El JEE acaba de ordenar el archivo de la denuncia maliciosa en mi contra, porque llevar felicidad en Navidad a los niños no constituyó una infracción a la ley.
¡Lady Camones, firme hacia el Senado con el número 4, por APP!… pic.twitter.com/PrAYtcPvtQ
“Si algún candidato se equivoca, que asuma"
El líder de APP, César Acuña, manifestó la semana pasada, tras ser consultado por el caso Lady Camones, que si algún candidato en su partido cometía alguna infracción, debía responder por ello.
"Si algún candidato se equivoca, que pague su responsabilidad. Respetamos la ley", señaló, sin dar más detalles al respecto.
La normativa electoral prohíbe que, durante un proceso electoral, los candidatos y organizaciones políticas entreguen o prometan entregar dinero, regalos, dádivas u otros bienes de naturaleza económica, ya sea de manera directa o a través de terceros. Solo se permite, de forma excepcional, la entrega de artículos publicitarios o bienes de consumo inmediato, siempre que no superen el 0,3 % de la UIT, equivalente a S/ 16,05.