Julio Rodríguez, abogado penalista, explica cómo podría darse el indulto humanitario a Alberto Fujimori y que características tendría una ley dada por el Congreso.
La Comisión de Gracias Presidenciales admitió a trámite el pedido de indulto humanitario que se presentó para el encarcelado expresidente Alberto Fujimori, condenado a 25 años prisión. ¿Qué se tendría que probar para que Fujimori salga del Establecimiento Penitenciario de Barbadillo? Julio Rodríguez, abogado penalista, explica cómo podría darse el indulto humanitario y que características tendría una ley dada por el Congreso con la que también Fujimori dejaría la cárcel si se le niega la primera opción.
¿Se haber indulto por los delitos por los que ha sido condenado Alberto Fujimori?
El indulto común no, por una resolución que emitió el Tribunal Constitucional (TC). Ellos han dicho que la norma que se aplica para cualquier tipo de beneficio durante la ejecución de la pena es la que estaba vigente al momento del pedido. (…) A Fujimori se le aplicaría la norma vigente al momento en el que se solicita el indulto. Sobre esa base el indulto común no le resulta aplicable porque estaría excluido por el (delito) de secuestro agravado. Cuando se cometió el delito no había ninguna restricción para el indulto por el delito de secuestro, pero actualmente sí.

¿El indulto humanitario cambia las cosas?
Sí. Ahí no hay restricción respecto al delito. No está escrito en términos materiales, pero sí está en el reglamento más o menos claro. El indulto humanitario no te exige una restricción por el tipo penal, sino que toma en consideración las consideraciones de salud del interno. Habla de un interno que tenga una enfermedad incurable, degenerativa y que progresivamente viene en negativo. La siguiente opción es en una enfermedad de las mismas característica, pero mental.
¿El proceso para la resolver el pedido del indulto humanitario puede durar menos?
La Comisión no se puede saltar. La única decisión acá es cumplir con las exigencias de los exámenes médicos. (El tiempo) depende de los médicos legistas, de la gravedad de la condición del interno y de la especialización que se requiera en los informes. Es complicado hacerlo en menos tiempo (dos meses). Lo que ha hecho la Comisión es analizar los requisitos formales y no los ha rechazado de plano. Ya pasó la valla de control formal y ahora toca ir al fondo.

¿Si el indulto se da, qué pueden hacer los que están en desacuerdo para revocarlo?
Ninguna decisión el día de hoy es absoluto. Se podría tratar de llegar al Tribunal Constitucional y verificar si el indulto ha respetado los estándares. Creo que el actual TC, con la calidad personal que tiene todos sus miembros, evaluaría bien en detalle si es que se merece o no se merece cambiar la gracia del presidente.
¿Si no se da el indulto, cómo sería una ley del Congreso para que salga Fujimori?
Dentro del escenario de aplicación, calza como anillo al dedo (una ley para) a una persona que supere los 75 años, que todavía tenga pena por cumplir, que evidentemente a esa edad su salud se comience a resquebrajar y que le coloquen un grillete electrónico. (Para que no salgan otros como Abimael Guzmán) la norma tendría que ser muy específica, habría delitos que se consideren extremadamente graves y que pongan en riesgo la seguridad nacional como se considera al terrorismo.


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