Se habían convertido en un vía crucis para los usuarios nacionales y extranjeros.
La Superintendencia Nacional de Migraciones eliminó de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) más de 130 requisitos que solo generaban trabas burocráticas y hacían engorrosos los trámites que realizan los ciudadanos nacionales y, sobre todo, extranjeros residentes en el Perú.
Uno de los cambios más importantes es la eliminación de las nefastas cartas de garantía económica y declaraciones juradas que debía firmar un familiar peruano para que el ciudadano extranjero pudiera prorrogar su residencia, cambiar su calidad migratoria o solicitar una visa.
Estas cartas de garantía se habían convertido en un instrumento de chantaje a mujeres extranjeras por parte de sus cónyuges peruanos, quienes se negaban a firmarlas si ellas les entablaban una demanda por alimentos o los denunciaban por violencia familiar. Al no contar con la carta, estas mujeres perdían la residencia y eran expulsadas del país.
Las modificaciones al TUPA también incluyen la eliminación de uno de los requisitos más absurdos que era la obligación de presentar anualmente una partida de matrimonio o nacimiento original para que un extranjero que ya era residente pudiera prorrogar su permanencia en el Perú.
Esto quería decir que si un extranjero residente quería prorrogar la residencia de su menor hijo, debía presentar todos los años una partida de nacimiento nueva y original expedida en su país de origen, con las dificultades que eso conlleva, pese a que Migraciones ya contaba con dicha información en el expediente.
Del mismo modo, gracias a las modificaciones al TUPA, ahora tampoco les será exigida una partida original a los extranjeros que desean cambiar su calidad migratoria de turista a residente.
En vez de ello, deberán presentar, por primera y única vez, una copia de la partida certificada por el Consulado peruano y visada por la Cancillería.
Otro proceso que será más expeditivo será el de nacionalización de ciudadano extranjero por matrimonio con peruano, puesto que ya no será requerida la presencia del cónyuge a lo largo de todo el trámite, evitando de esta manera las complicaciones de horarios para el ciudadano nacional interesado en nacionalizar a su familiar.
Andina
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