El ministro de Justicia, Félix Chero, señaló que el Gobierno ha planteado la modificación del artículo 368 del Código Penal que implica que aquél violador que no se somete a la eventual pena de castración química "automáticamente" cometerá el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad.
El ministro de Justicia, Félix Chero, aclaró este miércoles que el proyecto de la castración química, aprobada en Consejo de Ministros, es una "pena accesoria" para delitos de violación de la libertad sexual con pena determinada y no para sujetos con condenas de cadena perpetua.
En entrevista con el programa Las cosas como son de RPP Noticias, Félix Chero precisó que la castración química no será contemplada para delitos como los detallados en el artículos sobre violación de la libertad sexual a menores de edad, y el 173-A del Código Penal.
"Hemos tomado la decisión que este proyecto (de castración química) lleve consigo establecer una pena accesoria para aquellos delitos de violación de la libertad sexual que estén conminados con una pena determinada, no así para aquellos que están con cadena perpetua (...) porque la cadena perpetua implica una pena indeterminada y esto genera que aquél condenado no puede dejar el establecimiento penitenciario, salvo la revisión de la condena después de 35 años", dijo.
Félix Chero explicó que para los demás delitos de esta tipologías de violación de la libertad sexual se ha establecido la castración química porque el Gobierno considera que las personas con penas determinadas pueden dejar el establecimiento penitenciario y es posible que vuelva a cometer el delito.
"De tal forma que esta pena accesoria se aplicará una vez que se cumpla la pena principal. Es decir, si un condenado por violación de la libertad sexual es condenado a 15 años, cumplidos sus 15 años se le aplica la pena accesoria de castración química", precisó.
Félix Chero aclaró que para la presentación del proyecto de castración química se recurrió a antecedentes de países de Europa, Estados Unidos y latinoamericanos, como Colombia y Argentina, que establecen que esta pena accesoria es funcional.
Otras medidas
Además, el ministro de Justicia señaló que el Gobierno ha planteado la modificación del artículo 368 del Código Penal que implica que aquél que no se somete a esta medida "automáticamente" cometerá el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad.
"Esta medida punitiva va acompañada preventivamente de otra medidas como la educación sexual, el tratamiento de salud mental, el registro nacional de agresores sexuales, entre otras que consideramos pertinentes para abordar el tema preventivo", dijo.
Asimismo, Félix Chero anunció que la comisión que reglamenta la castración química, en caso el Congreso la aprueba, evaluará si la medida es aplicable para aquellos que están condenados en este momento y purgan pena privativa de la libertad.
"Está sujeta a evaluación si es pertinente como parte de un tratamiento médico como pena accesoria, no olvidemos que el 178-A del Código Penal establecer que todos aquellos condenados por delitos de libertad sexual son sometidos a un tratamiento terapéutico. Entonces, vamos evaluar la pertinencia de qué tratamiento corresponde a este tipo de condenados", aseguró.
De otro lado, Félix Chero anunció que mañana jueves se debería estar entregando el proyecto de ley de castración química al Congreso de la República, para que luego sea remitido a la Comisión de Justicia o a la Comisión de Constitución para otorgarle un marco constitucional.
"Esperamos que el Legislativo, la recepcione, la analice y la debata y considere su aprobación, obviamente luego de un debate alturado y técnico", expresó.
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