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Gobierno oficializa convocatoria a legislatura extraordinaria para el 1 de julio

Hemicilco del Congreso
Hemicilco del Congreso | Fuente: Congreso

El Gobierno convocó al Congreso a la legislatura extraordinaria a fin que se debata y realice la segunda votación del texto sustitutorio de la proposición legislativa por la cual se delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar.

El Poder Ejecutivo oficializó la noche de este jueves el decreto supremo que convoca a legislatura extraordinaria, a través de una publicación en el boletín extraordinario de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

Esta medida se oficializa por medio del Decreto Supremo Nº 061-2024-PCM.

En tal sentido, se convoca al Congreso de la República a la legislatura extraordinaria para el día 1 de julio de 2024 a las 10:00 horas, a fin que se debata y realice la segunda votación del texto sustitutorio de la proposición legislativa por la cual se delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar.

Como se recuerda, el Gobierno solicitó la facultad para legislar en materias de reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional.

El dispositivo cuenta con las firmas de la presidenta de la república, Dina Boluarte; y el titular del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén. 

La norma constitucional sobre convocatoria del Ejecutivo a legislatura extraordinaria

En la parte considerativa, precisa que conforme al numeral 6 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, corresponde al presidente de la República convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; y firmar, en ese caso, el decreto de convocatoria.

Asimismo, el último párrafo del artículo 50 del Reglamento del Congreso de la República establece que durante los períodos de sesiones extraordinarias sólo se podrán tratar los temas materia de convocatoria.

Además, precisa que la mandataria considera necesario convocar a una legislatura extraordinaria, con el propósito de debatir y realizar la segunda votación del texto sustitutorio de la proposición legislativa por la cual se delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias.


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