El ministro Eduardo Arana sostuvo que optaron por observar la autógrafa enviada por el Legislativo, pues consideraron que va en contra de la presunción de inocencia. En esa línea, dijo que los fiscales recurren a dicha medida solo por “una sospecha indiciaria”.
El ministro de Justicia, Eduardo Arana, pidió al Congreso de la República entender las observaciones que realizaron desde el Ejecutivo a la ley que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia, pues consideró que va en contra de la presunción de inocencia.
En conferencia de prensa tras el Consejo de Ministros, el ministro señaló que desde el Gobierno optaron por observar la autógrafa enviada por el Congreso, a fin de que se respete la presunción de inocencia y que los fiscales realicen una investigación prolija en los casos que requieran dicha medida.
Así, Arana pidió al Parlamento que entienda la postura del Gobierno en este tema, pues dijo que no se puede “someter” a los ciudadanos a la “exageración de un fiscal” por este tipo de medida restrictiva.
“El Ejecutivo ha considerado que no puede existir un Estado de derecho en la que la presunción de inocencia sea no observada, en la que el fiscal en lugar de hacer una investigación prolija o por lo menos tener elementos de juicio (…) No podemos someter a cualquier ciudadano a la exageración de que un fiscal pueda hacer respecto de una persona que se encuentra sometida a la ausencia de su libertad”, dijo.
“En términos generales consideramos que estamos hablando desde el Ejecutivo en la protección del ciudadano común y corriente. Estamos hablando de lo que debe ser para cualquier ciudadano, ciudadana del Perú y en ese sentido consideramos que el Congreso debería escuchar y entender la posición que desde el Ejecutivo estamos expresando”, agregó.
Cuestionó criterios de jueces y fiscales
El representante del Ejecutivo también fue crítico con el actual sistema que, a su criterio, ha permitido que jueces dicten “alegremente” prisiones preliminares sin que se verifique una razón. En esa línea, sostuvo que los fiscales recurren a esta medida solo por una “sospecha indiciaria”.
“Consideramos, además, que los jueces no pueden dictar alegremente prisiones o detenciones preliminares, sin antes verificar la razón del por qué. Porque el fiscal le tiene que decir al juez cuál es el propósito de la detención, para qué quiero yo la detención y qué voy a conseguir con esta persona si es que no estuviera detenida”, señaló.
De igual forma, el ministro señaló que hay jueces que resuelven los requerimientos de Fiscalía de acuerdo con “su propia visión” sin considerar lo establecido en la Constitución. Según precisó, los magistrados solo copian la petición fiscal para emitir sus fallos.
“Desafortunadamente hay jueces, hay fiscales, que lo que hacen es sin tener la certeza, sin tener la corroboración, sin identificar a las personas, lo que hacen es pedirle al juez y el juez lo que hace es inmediatamente, copiando la petición del fiscal, emite una resolución dictando la prisión preliminar”, sostuvo.
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