El JNE recordó que las multas por no votar van desde los 20,75 a los 83 soles. Para los miembros de mesa que no cumplan con su deber se establece el pago de 207,5 soles.
Este domingo 9 de diciembre se realiza el referéndum sobre las cuatro reformas impulsadas por el Gobierno, así como la segunda vuelta de las elecciones regionales. Quienes no acudan a votar o a cumplir con su deber como miembro de mesa se harán acreedores a una o incluso dos multas en caso no cumplan con las dos obligaciones.
¿Qué pasa si no pagas tu multa?
- No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc).
- No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.
- No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.
- No podrás ser nombrado funcionario público.
- No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.
- No podrás salir del país.
Otro dato importante es que si no pagas tu multa el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias y otros.
Cabe mencionar que para este proceso electoral están llamados 24 millones 373, 821 electores. Participarán 963,978 electores nuevos, todos ellos jóvenes que cumplirán 18 años desde el 8 de octubre hasta el 9 de diciembre de 2018, además de los electores en el extranjero que no votaron en elecciones regionales y municipales del 7 de octubre.
Las multas por no votar
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que los ciudadanos que no concurran a votar este domingo 9 de diciembre se harán acreedores a una multa de hasta 83 soles y de 207.5 soles en el caso de ser miembros de mesa y no asistir o negarse a desempeñar dicho cargo.
De acuerdo con la resolución N° 3222-2018-JNE, publicada el 5 de octubre último, la tabla de multas electorales se actualizó sobre la base de una clasificación por localidad y nivel de pobreza elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Dicha tabla precisa que se impondrá la multa de 83 soles a los omisos al sufragio en las circunscripciones consideradas no pobres (2 por ciento de la UIT, este año fijada en 4 150 soles).
En tanto, si los electores se encuentran en distritos catalogados como pobres no extremos, deberán cancelar 41.5 soles (equivalente a 1% de la UIT), mientras que los de distritos de pobreza extrema deberán abonar 20.75 soles (0.5% de la UIT).
Las multas por no ser miembro de mesa
En cuanto a los miembros de mesa, titulares y suplentes, que no cumplan con su deber cívico electoral, la multa única es de 207.5 soles (equivalente al 5% de la UIT vigente). A los electores que se nieguen a integrar las mesas de sufragio se les aplicará el mismo monto.
Si un miembro de mesa, titular o suplente, no acude a cumplir su deber y tampoco vota, se le impondrá ambas multas electorales por las omisiones generadas en el proceso electoral.
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