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Referéndum 2018: estas son las multas por no votar y no cumplir como miembro de mesa

El referéndum se realiza este domingo 9 de diciembre.
El referéndum se realiza este domingo 9 de diciembre. | Fuente: Foto: Andina

El Jurado Nacional de Elecciones recordó que las multas por no votar van desde los 20.75 hasta los 83 soles. Para los miembros de mesa que no cumplan con su deber se establece el pago de 207.5 soles.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que los ciudadanos que no voten  este domingo 9 de diciembre se harán acreedores a una multa de hasta 83 soles y de 207.5 soles en el caso de ser miembros de mesa y no asistir o  por negarse a desempeñar dicho cargo.

De acuerdo con la resolución N° 3222-2018-JNE, publicada el 5 de octubre último, la tabla de multas electorales se actualizó sobre la base de una clasificación por localidad y nivel de pobreza elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Dicha tabla precisa que se impondrá la multa de 83 soles a los omisos al sufragio en las circunscripciones consideradas no pobres (2 por ciento de la UIT, este año fijada en 4 150 soles).

En tanto, si los electores se encuentran en distritos catalogados como pobres no extremos, deberán cancelar 41.5 soles (equivalente a 1% de la UIT), mientras que los de distritos de pobreza extrema deberán abonar 20.75 soles (0.5% de la UIT).

En cuanto a los miembros de mesa, titulares y suplentes, que no cumplan con su deber cívico electoral, la multa única es de 207.5 soles (equivalente al 5% de la UIT vigente). A los electores que se nieguen a integrar las mesas de sufragio se les aplicará el mismo monto.

Si un miembro de mesa, titular o suplente, no acude a cumplir su deber y tampoco vota, se le impondrá ambas multas electorales por las omisiones generadas en el proceso electoral.

El JNE recuerda que los ciudadanos que no cancelen cualquiera de estas multas, estarán impedidos de efectuar cualquier trámite administrativo, conforme lo estipula la Ley 28859, que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales y establece las multas electorales.

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