Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Desde el sábado puerto de Chancay comenzará a operar carga, anunció gerente general adjunto del concesionario
EP 1748 • 08:36
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

Referéndum 2018: estas son las multas por no votar y no cumplir como miembro de mesa

El referéndum se realiza este domingo 9 de diciembre.
El referéndum se realiza este domingo 9 de diciembre. | Fuente: Foto: Andina

El Jurado Nacional de Elecciones recordó que las multas por no votar van desde los 20.75 hasta los 83 soles. Para los miembros de mesa que no cumplan con su deber se establece el pago de 207.5 soles.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que los ciudadanos que no voten  este domingo 9 de diciembre se harán acreedores a una multa de hasta 83 soles y de 207.5 soles en el caso de ser miembros de mesa y no asistir o  por negarse a desempeñar dicho cargo.

De acuerdo con la resolución N° 3222-2018-JNE, publicada el 5 de octubre último, la tabla de multas electorales se actualizó sobre la base de una clasificación por localidad y nivel de pobreza elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Dicha tabla precisa que se impondrá la multa de 83 soles a los omisos al sufragio en las circunscripciones consideradas no pobres (2 por ciento de la UIT, este año fijada en 4 150 soles).

En tanto, si los electores se encuentran en distritos catalogados como pobres no extremos, deberán cancelar 41.5 soles (equivalente a 1% de la UIT), mientras que los de distritos de pobreza extrema deberán abonar 20.75 soles (0.5% de la UIT).

En cuanto a los miembros de mesa, titulares y suplentes, que no cumplan con su deber cívico electoral, la multa única es de 207.5 soles (equivalente al 5% de la UIT vigente). A los electores que se nieguen a integrar las mesas de sufragio se les aplicará el mismo monto.

Si un miembro de mesa, titular o suplente, no acude a cumplir su deber y tampoco vota, se le impondrá ambas multas electorales por las omisiones generadas en el proceso electoral.

El JNE recuerda que los ciudadanos que no cancelen cualquiera de estas multas, estarán impedidos de efectuar cualquier trámite administrativo, conforme lo estipula la Ley 28859, que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales y establece las multas electorales.

Tags

Lo último en Gobierno

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA