José María 'Chema' Salcedo te da los detalles de este delito, del cual el excandidato César Acuña fue hallado culpable.
Imitación, apropiación, estafa, robo: todas estas palabras nos llevan a una sola, en el caso que nos ocupa, plagio.
La definición. Viene del latín plagiarius, que significa secuestrador. Consiste en tomar una parte o toda una obra ajena y es un delito porque se está suplantando al verdadero autor. No se confundan con explicación como “No es plagio cuando te olvidas citar pie de página”, porque plagio es plagio y plagio es robo.
Las penas. “El Código Penal establece que esta es una pena de cárcel de entre 4 y 8 años, en el artículo 119. Pero además, en la vía administrativa, puedes llevar un proceso ante la oficina de derechos de autor de Indecopi. Muchas veces el autor prefiere esta vía para poder demostrar y además tener una indemnización económica, porque hay una sanción de UIT a quienes hayan podido violar el derecho de autor. Es una forma de resarcimiento en la medida de que hay que pagar la licencia por la autorización de la obra en concreto”, explica Erick Iriarte, abogado experto en derechos de autor.
Diversas modalidades. El plagio es un problema eterno, ha existido desde siempre, pero no se ha tratado apropiadamente y ha sido difícil que la población tome conciencia de este delito. Candidatos presidenciales, modelos, exmodelos, músicos, etc., engañan al consumidor con la suplantación de obras, artículos, canciones, discursos y todo lo que se les pueda ocurrir.