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Caso Adolfo Bazán | ¿Qué sanciones afrontaría el abogado investigado por tocamientos?

El abogado Adolfo Bazán ha sido señalado públicamente por dos mujeres, aunque también se lo vincula a otro caso reportado en el edificio donde reside. El último martes, pretendió salir del país.
El abogado Adolfo Bazán ha sido señalado públicamente por dos mujeres, aunque también se lo vincula a otro caso reportado en el edificio donde reside. El último martes, pretendió salir del país. | Fuente: Andina / Difusión

El presunto agresor sexual de varias mujeres pretendió salir del país el último martes, antes de que una orden judicial tramitada en medio de su intento se lo impidiera. De momento, se le investiga por la denuncia de la modelo Macarena Vélez. Especialistas consultadas por RPP Noticias sostienen que también es posible reabrir una anterior indagación por presunta violación.  

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El abogado Adolfo Bazán Gutiérrez estará impedido de viajar fuera del país durante por lo menos 15 días, luego de que el Poder Judicial finalmente le dictara esta medida de restricción en medio de las denuncias por tocamientos indebidos en agravio de la modelo Macarena Vélez Montoya dentro de una discoteca de Lince.

En un inicio, ante la ausencia de una orden de impedimento de salida, el sujeto se había dispuesto a viajar a Quito, pero -como lo informó RPP Noticias- perdió el vuelo por una tardanza suya para el embarque. Mientras se desarrollaba la noticia, el Ministerio Público alcanzó una solicitud al Poder Judicial para que se le prohíba la salida del Perú. 

Ahora, el Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer tendrá a su cargo las indagaciones de oficio para estimar una acusación ante el Poder Judicial. ¿Qué procedimientos corresponden y qué sanciones le esperarían al imputado? Tres especialistas lo explicaron a RPP Noticias.

Hasta nueve años de prisión por el caso Vélez

El presunto delito que, de momento, se le imputa a Bazán es el de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos sin consentimiento, regulado por el artículo 176 del Código Penal peruano. Este ilícito se sanciona con tres a seis años de pena privativa de la libertad en su modalidad simple; es decir, cuando no concurren agravantes como la minoría de edad de la víctima o la situación de coacción. 

Sin embargo, en el caso se parte de un escenario en el que la víctima (Vélez) no podía prestar su libre consentimiento ni advertir el aprovechamiento de Bazán por encontrarse en estado de ebriedad. Por lo tanto, el rango de la pena a considerarse sería de seis a nueve años de prisión. 

Según explica la abogada penalista Cynthia Silva Ticllacuri, si bien la Fiscalía cuenta con medios audiovisuales probatorios de la agresión [el sujeto subió a sus historias de Instagram un video donde posa junto a la modelo, pretende besarla y enfoca sus partes íntimas], estos no necesariamente son suficientes para plantear una acusación por el delito investigado. Incluso el testimonio abierto y público de Macarena Vélez deberá corroborarse con elementos adicionales. 

“En estos casos, como no hay prueba directa, lo que hay es prueba indiciaria. Ningún indicio es suficiente de manera única. Tiene que haber un conjunto de indicios. Usualmente, se parte de la declaración de la víctima porque es lo que se debe valorar para proceder con la corroboración. Y, si ella no estuviera dispuesta a declarar o participar del proceso indagatorio, habría que partir de otros elementos también. Se pueden documentar más testimonios [de las personas que estuvieron esa noche en el local] y solicitar los videos de las cámaras de seguridad”, señala. 

Por su parte, la abogada especialista en derechos de las mujeres, Beatriz Ramírez Huaroto, sostiene que la Fiscalía podría apelar a su discrecionalidad para tomar los elementos indiciarios como suficientes. Sin embargo, también reconoce que la tendencia a archivar este tipo de denuncias es recurrente. “La Fiscalía tiene una amplia discrecionalidad en los casos que investiga, pero lamentablemente, en casos de delitos sexuales como este, archivar es una práctica muy común”.  

Para la especialista en temas de violencia de género, Brenda Álvarez Álvarez, el video y el testimonio deberían motivar la celeridad de las indagaciones. No obstante, la abogada cuestiona que ese criterio se aplique tras lo visto el martes, con Bazán a punto de salir del país por falta de una oportuna solicitud de orden de impedimento. “Si es que ayer no se hacía pública la salida inminente de esta persona, no se dictaba ningún tipo de restricción. La diligencia en esta investigación, que se ha abierto de oficio tras la presión, va a depender solo del Ministerio Público. Pero el plazo para la acusación, dadas las pruebas -que, a mi parecer, son suficientes- debería ser breve”.

Meses antes de la agresión contra Vélez, Bazán fue captado por cámaras de seguridad en la terraza de un edificio mientras se disponía a tocar a una mujer dormida. El hecho no habría sido denunciado formalmente, pero también calza con el delito de tocamientos.

El otro caso de presunta violación

La agresión sexual contra Macarena Vélez no es la única imputación sobre Bazán. En junio de 2018, la ciudadana Joshelin Trauco Díaz, denunció al abogado de haberla dopado para abusar sexualmente de ella. La reconstrucción de este ilícito quedó registrada en grabaciones de cámaras de seguridad, donde se observa a Bazán llegar en su auto a la cochera de un edificio. Trauco se encontraba en el asiento de copiloto. En otro momento, se distingue el estado de indefensión de Trauco, quien apenas logra abrir la puerta del vehículo para posteriormente salir en medio de tambaleos. Es entonces cuando se acerca un policía, pero este retorna a su patrulla sin auxiliarla pese a que la joven corre tras él. 

De acuerdo con declaraciones de la joven al programa Encendidos, de RPP Noticias, Bazán permaneció solo cinco meses en prisión preventiva mientras la Fiscalía lo investigaba. Sin embargo, el caso quedó archivado luego de la liberación de Bazán y la falta de una acusación fiscal. Las especialistas consultadas para este artículo coinciden en que es posible reabrir este caso; un escenario que, además, reforzaría un eventual pedido de prisión preventiva.

“El hecho de que no se haya investigado debidamente puede motivar la reapertura de la investigación en el caso de Joshelin Trauco. Por derecho al acceso a la justicia de la víctima, sí es posible, estimando que en ese momento no se realizaron las actuaciones que eran la obligación de la Fiscalía o la Policía. Seguramente, el agresor alegaría que es ‘cosa decidida’ o una especie de ‘cosa juzgada’ en sede fiscal, pero lo que hay que sostener allí es la razonabilidad. La denuncia y los elementos que se tienen no pueden quedar en el aire”, estima Cynthia Silva

La constitucionalista Beatriz Ramírez advierte que también se debe considerar el término establecido por la Fiscalía al momento de archivar la denuncia de Trauco. “Si lo que ha concluido es que los hechos no se configuran como delito, ese es un pronunciamiento de fondo, sustantivo sobre la materia. En casos como esos, la norma procesal no es tan clara, pero el Tribunal Constitucional sí ha señalado que no se puede reabrir investigaciones fiscales sobre hechos en los cuales ya se ha pronunciado que no hubo delito. Entonces, si esto fuera lo que se señaló en el caso de Joshelin Trauco, no se podría reabrir. Lo que suelen decir en estos casos, lamentablemente, es que no se tienen indicios suficientes de la comisión del delito, lo cual suele tomarse como una ‘absolución adelantada’”. 

Como la presunta agresión contra Jhoselin Trauco ocurrió en junio de 2018 [antes de la modificación del Código Penal que se dio en agosto de ese año para incrementar las penas en casos de violencia sexual], el delito imputable a Bazán se castigaría con el rango de pena de diez a 15 años de prisión. Actualmente, y desde los cambios que dispuso la Ley N° 30838, el delito de violación sexual de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir se sanciona con  20 a 26 años.  

La abogada Brenda Álvarez sostiene la necesidad de un enfoque sin sesgos tanto para las indagaciones en una eventual reapertura del caso Trauco como para la investigación de oficio que la Fiscalía abrió por la denuncia de Vélez. “No es extraño que exista mucha resistencia de parte de las autoridades antes denuncias de agresión a la libertad sexual de mujeres adultas. Y no es que siempre haya insuficiencia probatoria para justificar la falta de motivación. El problema está en el tamiz que utilizan estos operadores de Justicia para desvirtuar o considerar que cierto elemento no es prueba suficiente para continuar con un proceso, para formalizar acusación o, en un caso ya judicial, para sentenciar a una persona. Esperemos que la Fiscalía, que además es la especializada en investigar violencia contra la mujer, valore sin estereotipos de género y de manera adecuada cada medio de prueba, y lleve adelante indagaciones diligentes y céleres [contra Bazán]”.  

Periodista.

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