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Corte Suprema evaluará si ordena o no al Ministerio Público que devuelva celular incautado a Andrés Hurtado

Corte Suprema evaluará el 1 de agosto si ordena o no al Ministerio Público que devuelva celular incautado a Andrés Hurtado
Corte Suprema evaluará el 1 de agosto si ordena o no al Ministerio Público que devuelva celular incautado a Andrés Hurtado | Fotógrafo: Andina

La Corte Suprema evaluará el viernes 1 de agosto si ordena o no al Ministerio Público que devuelva al exconductor de Televisión Andrés Hurtado, más conocido como 'Chibolín', el celular que le fue incautado cuando fue detenido por la Policía, el 19 de setiembre del 2024 en una clínica ubicada en el distrito limeño de San Borja.

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La Corte Suprema evaluará el viernes 1 de agosto si ordena o no al Ministerio Público que devuelva al exconductor de Televisión Andrés Hurtado, más conocido como 'Chibolín', el celular que le fue incautado cuando fue detenido por la Policía el 19 de setiembre del 2024 en una clínica ubicada en el distrito limeño de San Borja.

En una audiencia virtual a realizarse desde las 9 de la mañana, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema analizará el recurso de apelación que presentó Hurtado Grados a través de su defensa legal para que se anule el extremo de la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley el 12 de diciembre del 2024 en el que acogió el requerimiento que hizo la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos para que se confirmara la incautación de este bien como parte de la investigación preparatoria que se le sigue por los presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho activo específico en agravio del Estado.

La defensa legal del exconductor de televisión demanda que se declare nula la confirmación de incautación del celular y ordene la devolución del bien incautado tras alegar que se afectó el principio de legalidad y la correcta motivación de las resoluciones judiciales y, además, indicó que el juez supremo Checkley Soria no valoró los argumentos expuestos por la defensa técnica y que omitió el artículo 218 del Código Procesal Penal y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de la Incautación, Comiso, Hallazgo y Cadena de Custodia ya que admitió implícitamente que no se elaboró un acta de incautación. Asimismo, se confundió el hecho de la entrega voluntaria del bien y la incautación formal.

La sala suprema también evaluará ese día el recurso de apelación que presentó la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos para que se revoque el extremo de la resolución emitida por el juez supremo Juan Carlos Checkley en la que ordenó que se devuelva al exconductor de Televisión Andrés Hurtado la suma de mil 600 soles que se encontró en su poder cuando la Policía Nacional ejecutó su detención preliminar el 19 de setiembre del 2024.

La instancia suprema fiscal demanda que se declare la incautación de dicha suma dineraria tras alegar que no se realizó una correcta interpretación la ley y la doctrina jurisprudencial; que se afectó la motivación de las resoluciones judiciales, y que el Juez Supremo Checkley Soria indicó que el monto no correspondería a los ilícitos imputados, sin tener en cuenta que pudo haber surgido de una reducción de los montos ilícitos obtenidos.

No obstante, la defensa legal de Andrés Hurtado había sostenido que cuando su patrocinado fue detenido por la Policía, él había sido intervenido en una clínica del distrito limeño de San Borja sin tener un familiar cercano por los que dicha suma de dinero era para cubrir los gastos de atención medica.
 
Andrés Hurtado, quien cumple 18 meses de prisión preventiva en el Penal de Lurigancho, es investigado en la Fiscalía Suprema por su presunta intervención en el pago una supuesta coima entregada por el empresario Javier Miu Lei a favor de la ahora detenida Fiscal Superior Elizabeth Peralta para que pueda recuperar barras de oro que el Ministerio Público le incautó a su empresa en el año 2,020, entre otros hechos.

Sobre el exconductor de Televisión también pesa un mandato de prisión preventiva en su contra por el plazo de 09 meses como parte de la investigación preparatoria que afronta en la Fiscalía Anticorrupción por las presuntas irregularidades detectadas en el trámite que realizó el Futbolista Roberto Siucho ante la Superintendencia Nacional de Migraciones en el 2,019 para renunciar a su nacionalidad peruana a fin de que pudiera jugar en China.

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