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¿Cuál es el procedimiento que sigue luego de la denuncia constitucional presentada contra Pedro Castillo?

Subcomisión de Acusaciones Constitucionales se encargará de ver denuncia contra el presidente Pedro Castillo | Fuente: Presidencia
Subcomisión de Acusaciones Constitucionales se encargará de ver denuncia contra el presidente Pedro Castillo | Fuente: Presidencia | Fuente: Presidencia

La denuncia constitucional presentada por Patricia Benavides está en manos del Congreso. Especialistas aseguran que acusación contra el presidente Pedro Castillo no tiene antecedentes.

Luego la denuncia constitucional presentada por la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, contra el presidente Pedro Castillo, será la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso el grupo de trabajo encargado de analizar el caso del jefe de Estado. De acuerdo con el Ministerio Público, al mandatario se le acusa de la comisión de los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión.

La acusación, sin embargo, deberá pasar por varios momentos antes de que pueda votarse por una posible suspensión en el pleno parlamentario. 

Para el abogado constitucionalista Luciano López, el primer paso es cerrar la investigación preliminar contra el presidente para pasar al siguiente: la formalización de la investigación preparatoria.

"Para que se haya presentado esta denuncia constitucional, la fiscal de la Nación tiene que haber declarado cerrada la investigación preliminar. Es decir, la investigación preliminar es el primer estadio de una investigación de carácter penal. Lo que Pablo Sánchez y la fiscal Benavides, validado por el juez de la investigación preparatoria suprema, consideraron es que el artículo 117 de la Constitución no impide la investigación preliminar. Pero una vez terminada la investigación preliminar, si la fiscal de la Nación quiere continuar con la segunda fase, que se llama formalización de la investigación preparatoria, ahí es donde ella va a tener un escollo, que es el 117 de la Constitución", dijo en conversación con RPP.

Posteriormente, el constitucionalista Omar Cairo indicó que la denuncia pasará por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para que realicen un informe final, el cual tendrá que ser votado en primera instancia antes de llegar al pleno. 

"Se presenta la denuncia, esta va a la Comisión Permanente, se remite a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Se emite un informe. Si se aprueba, pasa al pleno. Y si se aprueba en el pleno, la fiscal está obligada a acusar al presidente ante la Corte Suprema (...). No se trata de una inhabilitación, sino de una continuación de investigación. Es para que el Congreso decida que se debe iniciar un proceso judicial contra el presidente, pero solo por cuatro delitos, que no es ninguno de los mencionados por la fiscal en su denuncia", dijo a RPP.

No existen antecedentes

El constitucionalista Aníbal Quiroga precisó que no existen antecedentes en que una fiscal de la Nación haya denunciado constitucionalmente a un presidente en funciones; por tanto, estamos ante un caso sui generis.

"No hay antecedentes. Es el primer caso. El Ministerio Público se crea con la Carta del 79. A partir de entonces se independiza, se crea un organismo autónomo y es la primera vez que una fiscal de la Nación, en ejercicio de sus funciones, denuncia constitucionalmente al presidente de la República", señaló.

Para el exministro de Justicia Víctor García Toma, la decisión de la Fiscalía responde a una convicción clara de que el presidente haya cometido delitos en agravio del Estado peruano.

"Lo que existe en estos momentos es un cúmulo de indicios y la convicción clara, certera, evidente de parte del Ministerio Público de la probable existencia de la comisión de actos delictivos", finalizó.


Soy licenciado en Comunicación y Periodismo, con estudios de postgrado en Lingüística y Literatura, y Educación. Estudio ahora Derecho. Hace más de cinco años escribo sobre temas políticos y judiciales. Me paso el resto de la vida leyendo. Ya no soy tan miope.

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