A través de un comunicado, Ernesto Blume señaló que si el Congreso aprueba una ley de reforma constitucional, esta tendría rango constitucional y no podría ser observada por el presidente.
El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Blume, consideró que el presidente Martín Vizcarra "no está habilitado constitucionalmente" para imponer al Congreso u observar la aprobación del contenido de una ley de reforma constitucional debido a que esta cuenta con rango constitucional.
A través de un comunicado, Blume señaló que si el Congreso aprueba una ley de reforma constitucional lo hace "en el ejercicio de su capacidad de poder constituyente" y, por lo tanto, tiene rango constitucional, por lo que no puede ser observada por el presidente, según lo establece el artículo 206 de la Constitución.
En ese sentido, precisó que la capacidad del presidente Martín Vizcarra de observar las leyes del Congreso está limitada a las que tienen rango de ley, las cuales "son las que dicta el Poder Legislativo en ejercicio del poder constituido que detenta".
Llamado a un diálogo nacional
En su comunicado, Blume hizo un llamado a un "gran diálogo y esfuerzo de unidad nacional" entre autoridades, instituciones públicas, colegios profesionales, gremios y sociedad civil para que se debata públicamente las reformas constitucionales "con serenidad y prudencia".
El titular del TC manifestó que este tipo de reformas transcienden en el tiempo y "no son fruto de una coyuntura". Por esta razón, señaló que "no se deben forzar las cosas" y que el presidente Martín Vizcarra debería propiciar un diálogo colectivo.
"En un sistema constitucional todos debemos respetar las competencias que tiene cada órgano del Estado que es autónomo e independiente. No se puede ni se debe imponer las cosas, sobre todo reformas que tienen que ver con el cambio constitucional", dijo.
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