La defensa de ambos empresarios requirió que se varíe el mandato de prisión preventiva por 36 meses en su contra por una medida de comparecencia con restricciones. Sin embargo, desde el Poder Judicial indicaron que los procesados no han pasado ni un solo día privados de su libertad, por lo que “no existe regla que ampare su petición”.
El Poder Judicial rechazó el último pedido de los empresarios Gonzalo Monteverde y María Carmona para afrontar en libertad el proceso penal que se les sigue por el caso Odebrecht.
El juez Jorge Chávez Tamariz declaró infundado el pedido que hicieron dichos empresarios, a través de su defensa legal, para que se varíe el mandato de prisión preventiva por 36 meses que pesa en contra de ambos por una medida de comparecencia con restricciones dentro de este proceso penal.
La defensa legal de dichos empresarios alega en su pedido que pasaron más de seis años y las investigaciones se han desarrollado con total y absoluta normalidad, que sus patrocinados tienen 71 y 73 años y son pacientes oncológicos, que la prisión preventiva ya caducó computado los 36 meses desde que dictó está medida, en aplicación a la vigencia de la ley 32130 y que dicha prisión preventiva obedece a intereses mediáticos.
Según añadieron, esta medida es una maniobra política realizada por los fiscales del Equipo Especial del caso Lava Jato que afecta la dignidad humana, la presunción de inocencia, reserva de investigación preparatoria y debido proceso" por publicitar el requerimiento acusatorio en contra de sus clientes para ejercer una presión política, judicial y mediática en los jueces peruanos.
No obstante, el juez Chávez Tamariz determinó a través de una resolución emitida el último 22 de diciembre, a la que tuvo acceso RPP, que ambos procesados no han estado un solo día privados de su libertad, por lo que no existe regla que ampare su petición y sobre la avanzada edad de ambos y que son pacientes oncológicos no es algo reciente o novedoso a ser analizado con nuevos elementos de convicción en el caso de enfermedades, más aún si no se acompaña documento alguno nuevo sobre lo expuesto que da lugar a su rechazo.
El magistrado también precisa que los hechos expuestos por los abogados de estos empresarios, basados en la jurisprudencia extranjera, difieren en mucho y son distintos, respecto a la situación jurídica de sus patrocinados en este caso.
El juez Chávez Tamariz remarca además en su resolución que los magistrados se rigen por el mandato constitucional del artículo 139 de la Carta Magna, respecto de la independencia del ejercicio de la función jurisdiccional.
“No estamos sometidos a presiones externas ni internas al resolver una controversia, esto incluye incluso a las actuaciones de las partes procesales o ajenos interesados a ellas como personas naturales y jurídicas, entonces, si los abogados quieren cuestionar las actuaciones del Ministerio Público conocen el modo pertinente el camino que no es a través de este despacho, pues no es un rol actuar como mesa de partes para las responsabilidades administrativas que tengan lugar", indicó.
Pedido fiscal
A través de sus redes sociales, el Ministerio Público informó, el último 18 de diciembre, que el fiscal José Domingo Pérez Gómez solicitó 33 años de prisión contra Gonzalo Monteverde, así como penas de entre 13 y 33 años de cárcel para María Carmona y otras cinco personas al acusarlas por el presunto delito de lavado de activos en la modalidad de conversión y transferencia con el agravante de una organización criminal en perjuicio del estado.
En dicha comunicación, la Fiscalía da cuenta que los hechos están relacionados respecto a que Monteverde, a través de sus empresas, era el generador de los flujos de dinero Ilícito para el Departamento de Operaciones Estructuradas de la empresa Odebrecht (caja 2) y para la caja chica en efectivo en el Perú y que además fue el receptor en el Perú del dinero Ilícito que Odebrecht utilizaba para pagar los sobornos y los aportes a las campañas políticas en nuestro país, entre hechos.
La Fiscalía también informa que Gonzalo Monteverde y María Carmona tienen orden de captura nacional e internacional desde el 2019, al encontrarse no habidos por la justicia y que el Ministerio del Interior, a través de su Programa de Recompensas, ofrece el beneficio económico de medio millón de soles por la ubicación de dicho empresario.