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Poder Judicial confirmó validez de orden de impedimento de ingreso a Perú dictada contra Evo Morales

Migraciones dispuso el impedi9mento de ingreso al país para el expresidente boliviano el pasado 9 de enero de 2023.
Migraciones dispuso el impedi9mento de ingreso al país para el expresidente boliviano el pasado 9 de enero de 2023. | Fuente: Andina

La Segunda Sala Constitucional de Lima revocó una resolución de noviembre de 2023 que declaraba fundado un habeas corpus presentado por el abogado Ronald Atencio para anular la alerta migratoria sobre el expresidente de Bolivia.

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El Poder Judicial confirmó la validez de la orden de impedimento de ingreso al Perú que se dictó contra el expresidente de Bolivia, Evo Morales.

La Segunda Sala Constitucional de Lima adoptó esta medida al revocar la resolución emitida por el Quinto Juzgado Constitucional de Lima el 17 de noviembre del 2023 en la que declaró fundado “en parte” una demanda de habeas corpus presentada por el abogado Ronald Atencio Sotomayor y dispone anular la alerta migratoria que pesaba sobre el exmandatario boliviano, a fin de que se emita un dispositivo que regule este mecanismo con respecto a los principios y valores democráticos.

Dicho letrado argumentaba en su demanda de habeas corpus que contra Evo Morales se ha ejecutado una restricción a su libertad física en la medida que el Ministerio de Interior informó que el 06 de enero del 2023 la Superintendencia Nacional de Migraciones dispuso su impedimento de ingreso al Perú a través de todos los puestos migratorios por realizar supuestas actividades, manifestaciones y reuniones ante ciudadanos nacionales con la finalidad de promover acciones que colisionan la seguridad nacional y orden interno del país.

Decisión de Migraciones no fue arbitraria

No obstante, la sala constitucional precisó en su resolución, a la que tuvo acceso RPP Noticias, que el actuar de Migraciones no fue arbitrario en la medida que la decisión de declarar el impedimento de ingreso al Perú contra Evo Morales dada el 06 de enero del 2023 tiene sustento en el resumen ejecutivo enviado por la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior.

Dicho documento identifica al exmandatario boliviano como propulsor y participante de eventos ideológicos y políticos con aras de desestabilizar el orden interno y hacer frente a los actos del Gobierno del Perú que, en esencia es muestra y posibilidad de un atentado contra la seguridad del Estado.

“Lo que significa que la decisión tomada por la Superintendencia Nacional de Migraciones se encuentra plenamente justificada puesto que existe un informe del Servicio de Inteligencia del cual se desprende que ya se ha calificado al señor Evo Morales Ayma como una persona peligrosa para la seguridad del Estado y ese es el motivo principal de impedir su ingreso a nuestro territorio con lo que se descarta que la motivación sea inexistente como indica erróneamente la parte demandante y el juzgado” precisa la sala constitucional en su resolución.

También precisa que no se aprecia que la parte demandante haya siquiera alegado o demostrado que Evo Morales no es responsable de las acciones que se le imputan mediante el Servicio de Inteligencia de nuestro país y agrega que la situación jurídica y libertad del exmandatario boliviano se encuentra sin ninguna afectación ya que radica en Bolivia y en la actualidad no ha mostrado ni siquiera algún indicio o intento de querer ingresar al Perú.

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Julio Cisneros

Julio Cisneros Periodista

Licenciado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres en la especialidad de Periodismo Radial. Especialista en temas judiciales y política. Apasionado por la historia , la literatura y el cine. Amante de la música, en especial los géneros new wave y synth pop.

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