Fiscalía apeló a una resolución en al que se declaró improcedente dicho pedido al considerarse que fue presentado después de haber vencido el plazo tras haber declarado la complejidad del proceso.
El Ministerio Público insistió en su pedido al Poder Judicial para que se amplíe por ocho meses el plazo de la investigación preparatoria seguida al excabecilla terrorista del Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA) Víctor Polay Campos y el sentenciado por terrorismo Jaime Castillo Petruzzi por el presunto delito de apología al terrorismo.
La Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Delitos de Terrorismo y Delitos Conexos del Distrito Fiscal de Junín apeló la resolución que emitió la jueza Soledad Barrueto, el último 25 de abril, en la que declaró improcedente esta solicitud de prórroga de la referida investigación preparatoria al considerar que dicho pedido fue presentado después de haber vencido el plazo tras haber declarado la complejidad del proceso, por lo que no correspondía amparar este requerimiento.
Tras cumplir los requisitos que establece la ley, este recurso de apelación fue concedido por lo que será remitido a una de las salas penales de la Corte Superior Nacional, instancia que, si lo admite a trámite, deberá convocar a una audiencia virtual para evaluarlo con la participación de las partes procesales involucradas a fin de emitir una decisión al respecto.
El Ministerio Público formalizó una investigación preparatoria contra Víctor Polay Campos y el sentenciado Jaime Castillo Petruzzi por la elaboración del borrador y/o redacción del libro ‘Revolución en los Andes’, a pedido de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Terrorismo el último 6 de junio.
Según la Fiscalía, en el libro se enaltece diversos actos terroristas perpetrados por la organización criminal terrorista MRTA y por sus integrantes y precisa que la sanción no ha prescrito puesto que la pena no es menor de ocho, ni mayor de quince años y los hechos respecto a Polay Campos (por escribir el libro) datan del 2012 y sobre Castillo Petruzzi (por la presentación del libro) son de agosto del 2020.
Polay Campos viene cumpliendo una condena de 35 años que le impuso el Poder Judicial en el 2008 mientras que Castillo Petruzzi fue expulsado a Chile luego de ser excarcelado tras cumplir la condena que se le impuso en nuestro país con la prohibición de volver a pisar el Perú.
La resolución apelada
La jueza Soledad Barrueto determinó que esta solicitud de prórroga fue presentada después de haber vencido el plazo que tuvo el Ministerio Público tras haber declarado la complejidad del proceso, por lo que no corresponde amparar el requerimiento.
"Teniendo en cuenta la fecha de emisión de la disposición de formalización de la investigación preparatoria que data del 12 de junio del 2024 y la fecha de presentación del requerimiento de prórroga de plazo de investigación preparatoria declarada compleja de fecha 5 de marzo del 2025, la judicatura considera, como ya lo ha expresado en otros pronunciamientos que dicho requerimiento no es viable, en la medida que la prórroga es un instituto procesal que sólo puede ser amparado si se presenta antes de su vencimiento" precisa la magistrada en su resolución emitida el último 25 de abril a la que tuvo acceso RPP.
Ante ello, la jueza Soledad Barrueto ordenó al Ministerio Público cumplir con los alcances del artículo 343.3 del Código Procesal Penal (CPP) debiendo formular el requerimiento que corresponda, bajo responsabilidad administrativa, vale decir, si presenta una acusación fiscal o bien solicita que se archive el caso.
La magistrada también precisa en su resolución que su "judicatura no puede desconocer la realización de una labor investigativa dentro del plazo inicialmente fijado por el Ministerio Público -8 meses- antes de la prórroga solicitada de 8 meses adicionales".
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