El Poder Judicial incrementó a 18 años de prisión la condena que se le impuso al excongresista Freddy Díaz luego que una trabajadora de su despacho congresal lo denunciara por presunta violación sexual en julio del 2022.
El Poder Judicial incrementó a 18 años de prisión la condena que se le impuso al excongresista Freddy Díaz luego que una trabajadora de su despacho congresal lo denunciara por presunta violación sexual en julio del año 2022.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema reformó así el extremo de la pena fijada en la sentencia que emitió la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, el 19 de agosto del 2024, en la que se impuso al exlegislador 13 años y cuatro meses de prisión al ser hallado responsable del delito de violación de persona impedida de dar su libre consentimiento por incapacidad de resistir.
El tribunal presidido por el juez supremo César San Martín declaró fundado "en parte" el recurso de apelación que presentó la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal para que dicha condena fuera incrementada a 20 años de prisión.
La sala suprema estableció en su resolución, a la que tuvo acceso RPP, que con el descuento de la carcelería que viene sufriendo el exparlamentario en el penal de Lurigancho desde el 20 de febrero del 2023, dicha condena vencerá el 19 de febrero del año 2041.
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Reparación civil
El colegiado supremo también fijo en la suma de quinientos mil soles el monto que el exlegislador debe abonar a la trabajadora agraviada por concepto de reparación civil. Esta cifra monetaria se determinó de la siguiente manera: sesenta mil soles por daño patrimonial y cuatrocientos cuarenta mil soles por daño extrapatrimonial.
El tribunal supremo reformó así el extremo de sentencia emitida por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema en el que había fijado la suma de 352 mil 197.39 soles el monto de la reparación civil que el exlegislador debía abonar en favor de la trabajadora agraviada.
El tribunal supremo declaró fundado "en parte" el recurso de apelación que presentó la defensa legal de la trabajadora agraviada a través del cual demandaba, en su condición de actora civil, que el monto de la reparación fuera incrementado a la suma de ochocientos ochenta y ocho mil trescientos quince soles con nueve céntimos, de los cuales setecientos cincuenta mil soles correspondían a daños extrapatrimoniales.
La sala suprema declaró "infundado" el recurso de apelación que presentó la defensa legal del exlegislador para que se declare "nula" la condena y reparación civil que se impuso a su patrocinado en primera instancia a fin de que se emitiera otra sentencia "respetando los derechos y garantías que ostenta el acusado".
El colegiado supremo confirmó el extremo de dicha sentencia en la que se ordena que el exparlamentario sea sometido a tratamiento terapéutico a raíz de este caso.