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Keiko Fujimori: PJ confirma resolución de rechazo al pedido de la Fiscalía para acceder a "prueba anticipada"

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional adoptó esta medida al desestimar la apelación que presento el Ministerio Público para revocar la decisión del juez Victor Zúñiga Urday quien había declarado infundado este pedido fiscal en primera instancia.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional adoptó esta medida al desestimar la apelación que presento el Ministerio Público para revocar la decisión del juez Victor Zúñiga Urday quien había declarado infundado este pedido fiscal en primera instancia.Fuente: Andina

El Poder Judicial confirmó la resolución que rechazó el pedido fiscal para que se pudieran adelantar las declaraciones de tres ex ejecutivos de la empresa brasilera Odebrecht en el proceso penal seguido a la líderesa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros por el presunto delito de lavado de activos.

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El Poder Judicial confirmó la resolución que rechazó el pedido fiscal para que se pudiera adelantar "como prueba anticipada" las declaraciones de tres ex ejecutivos de la empresa brasilera Odebrecht en el proceso penal seguido a la líderesa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros por los aportes a sus campañas presidenciales en los años 2011 y 2016.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional adoptó esta medida al desestimar la apelación que presento el Ministerio Público para revocar la decisión del juez Victor Zúñiga Urday quien había declarado infundado este pedido fiscal en primera instancia.

La Fiscalía argumentó en su pedido que las declaraciones de Marcelo Bahía Odebrecht , Jorge Simoes Barata y Luiz Antonio Mameri son fundamentales para la etapa del juicio oral sobre este caso, ya que sirven para probar el delito de lavado de activos en organización criminal en la modalidad de colocación de dinero ilícito proveniente de la empresa transnacional Odebrecht.

No obstante, la sala superior determinó que, al no haberse cumplido con fundamentar "la urgencia de actuación de prueba anticipada" establecido por el Código Procesal Penal, no es de amparo el requerimiento formulado por el Ministerio Público, por lo que debe confirmarse la resolución apelada.

En la actualidad, el juez Victor Zúñiga Urday lleva adelante el control de la acusación penal que presento el fiscal José Domingo Pérez Gómez contra los implicados en este caso como acto previo a la etapa del correspondiente juicio oral.

Acusación fiscal y pedido al Poder Judicial

En marzo del año pasado, el fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial Lava Jato presentó una acusación contra la lideresa Keiko Fujimori y otras 41 personas, incluidas en el caso Cocteles, que investigó presuntos aportes ilícitos en la campaña electoral de 2011.

La acusación se formula por los presuntos delitos de crimen organizado, lavado de activos, obstrucción a la justicia, falsa declaración en procedimiento administrativo. El documento fiscal incluye más de 15 000 páginas y fue presentado ante el despacho del juez Víctor Zúñiga Urday.

En el caso de Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Chlimper y Adriana Tarazona las penas solicitadas por el Ministerio Público son de 30 años y 10 meses de prisión, por los delitos antes mencionados, mientras que para otros 33 acusados las penas van desde los seis a los 22 años de cárcel.

La acusación fiscal también incluye un pedido de cárcel para Mark Vito Villanella, esposo de Keiko Fujimori, por 22 años y ocho meses por el presunto delito de lavado de activos, y 6 años y 6 meses para Giulliana Loza, abogada de la líder de Fuerza Popular, por el presunto delito de obstrucción a la justicia.

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