La Sala Penal de Apelaciones de Emergencia de la Corte Superior Nacional declaró infundado el recurso de apelación presentado por el exmandatario Martín Vizcarra para que se revoque una resolución que ordena que no salga del territorio nacional por seis meses adicionales, a fin de asegurar su presencia en juicio oral por los casos Lomas de Ilo y Hospital Regional de Moquegua.
El Poder Judicial confirmó la prolongación de la orden de impedimento de salida del país por seis meses adicionales contra el expresidente Martín Vizcarra como parte del proceso penal que se le sigue por presuntos actos de corrupción cuando se desempeñó como presidente regional de Moquegua.
La Sala Penal de Apelaciones de Emergencia de la Corte Superior Nacional adoptó esta medida al declarar infundado el recurso de apelación que presentó el exmandatario para que se revocará la resolución que emitió el juez Ubaldo Callo Deza, el 27 de diciembre del 2024, en la que ordenó que no salga del territorio nacional por un plazo de seis meses adicionales con el fin de asegurar su presencia en el juicio oral que viene afrontando por este caso.
Mediante una resolución emitida por votación mayoritaria de los jueces superiores Edgar Medina y Arturo Mosqueira, el último siete de febrero, a la que tuvo acceso RPP, el tribunal superior determinó que la resolución venida en grado ha impartido una decisión acorde con los parámetros exigidos por la norma procesal que regula la figura de la prolongación de la medida de impedimento de salida del país.
El colegiado superior también precisó que, si bien Martín Vizcarra ha venido cumpliendo cabalmente las reglas de conducta impuestas durante el proceso, el caso ahora se encuentra en la etapa de juicio oral en la que se discute la acusación fiscal de 15 años de prisión contra el exjefe de estado por el delito de cohecho pasivo propio “lo que genera convicción sobre el incremento de la probabilidad de que el imputado pueda evadir la acción de la justicia”.
La sala superior también remarca que la prolongación de esta medida no genera una afectación grave a la libertad ambulatoria del imputado, pues la defensa del expresidente Martín Vizcarra ha informado que su patrocinado no tiene pensado viajar al extranjero en los próximos meses y menos aún acreditado además razones de salud, familiares y laborales para salir del país.
En tanto, el juez superior Javiel Valverde emitió un voto en discordia en el que se mostró a favor de que se revoque la resolución apelada y reformándola se declare improcedente el requerimiento fiscal de prolongación de impedimento de salida del país contra el exmandatario por el plazo de 12 meses.
Juicio oral contra Martín Vizcarra
El Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional inició el 28 de octubre del 2024 el juicio oral contra el exmandatario Martín Vizcarra sobre este caso luego que en el mes de marzo del 2021, aspirantes a colaboradores eficaces declararon ante la Fiscalía sobre presuntos sobornos que habría recibido el exjefe de estado cuando fue presidente regional de Moquegua por parte de empresas vinculadas al caso ‘Club de la Construcción’, a cambio del Proyecto de Irrigación Lomas de Ilo y de la construcción del Hospital de dicha región del sur del país.
El fiscal Germán Juárez Atoche solicitó al Poder Judicial que se imponga al exmandatario la pena de 15 años de prisión, al acusarlo por el presunto delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
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