El abogado constitucionalista precisó que una nueva Junta Nacional de Justicia no puede desconocer la decisión de la conformación anterior, pues la Constitución solo permite revisiones en casos excepcionales vinculados a actos de corrupción.

El abogado constitucionalista Samuel Abad señaló que Patricia Benavides no puede ser restituida como fiscal de la Nación, debido a que el acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos que designó en ese cargo a la magistrada Delia Espinoza todavía se encuentra vigente.
Ello, pese a que la actual Junta Nacional de Justicia (JNJ) emitió una resolución en la que anulaba la destitución de Patricia Benavides y ordenaba su restitución como titular del Ministerio Público.
"Hay un acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos, un acuerdo de cuatro miembros que no está sometidos a esta controversia. Y ese acuerdo nadie lo ha anulado. Ese acuerdo es válido, el acuerdo está vigente", dijo en Ampliación de Noticias de RPP.
"Si es que se reincorporase la señora Benavides, se reincorporaría como fiscal suprema. Porque el cargo de fiscal de la Nación ya está ocupado. Ya existe una persona en el cargo. Está ocupado a título de designación, no de reemplazo", agregó.
¿Puede una nueva Junta Nacional de Justicia desconocer la decisión de la anterior Junta Nacional de Justicia?
De acuerdo con Abad, en la práctica, Benavides ha presentado dos nulidades, la última de ellas acogida por la nueva JNJ, pese a la negativa de la anterior. Al respecto, el jurista indicó que ello no se puede hacer, ya que la Constitución solo permite revisiones por casos de corrupción.
"No lo puede hacer. Hay que recordar lo que ha pasado. La señora Benavides fue destituida. Ella presentó una reconsideración. La reconsideración fue rechazada. El año pasado presentó ella una nulidad con la anterior conformación de la Junta Nacional de Justicia, que también fue rechazada. Cambia la conformación de la Junta Nacional de Justicia y presenta en febrero de este año un pedido de nulidad. Es decir, en realidad una segunda nulidad. Y la nueva Junta Nacional de Justicia decide modificar lo que antes había hecho. Esto no se puede hacer".
"Lo que ha querido la Constitución es solamente permitir la revisión de casos anteriores de manera excepcional. Lo dice expresamente la reforma que introdujo a la Junta Nacional de Justicia. Lo que dijo fue permitir la revisión excepcional de los casos anteriores de ese consejo cuyos miembros se fueron, fueron removidos, sencillamente porque estaban vinculados a la corrupción. Ese era el único caso que permitía la revisión", finalizó.