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PJ rechazó nuevo pedido de Pedro Castillo para que se ordene el cese de su prisión preventiva por fallido golpe de Estado

Pedro Castillo.
Pedro Castillo. | Fuente: Andina

El juez supremo Juan Carlos Checkley determinó que aún subsisten los motivos que sustentaron el dictado de la prisión preventiva contra el exmandatario por 18 meses y su prolongación por 18 meses adicionales.

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El expresidente Pedro Castillo seguirá recluido en el Establecimiento Penitenciario Barbadillo ubicado en el distrito limeño de Ate luego que el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley resolvió que se mantenga "vigente" el mandato de prisión preventiva que se le impuso por su fallido golpe de Estado el 7 de diciembre del 2022.

El magistrado adoptó esta medida al declarar infundada la solicitud que hizo el exmandatario, a través de su defensa legal, para que se ordenará el cese del mandato de prisión preventiva que se le impuso en este caso a fin de afrontar bajo la medida de comparecencia simple este proceso penal y se dispusiera su inmediata libertad.

La defensa legal del exjefe de Estado alegaba que no existen suficientes elementos de convicción para sostener la medida de prisión preventiva al haberse declarado fundado un recurso de excepción de improcedencia de acción que presentó el exministro Roberto Sánchez para ser excluido de este caso ,en el que se le atribuía ser coautor del delito de rebelión y la existencia de denuncias constitucionales que presentó la Fiscalía de la Nación contra la extitular del Ministerio Público, Patricia Benavides, y el exfiscal supremo provisional Uriel Teran por hechos que, a su juicio, guardan relación con este caso, entre otros argumentos.

Decisión

No obstante, el juez supremo Checkley Soria determinó que aún subsisten los motivos que sustentaron el dictado de la prisión preventiva contra el exmandatario por el plazo de 18 meses y su prolongación por 18 meses adicionales.

Mediante una resolución emitida el último 26 de agosto, a la que tuvo acceso RPP, el magistrado también precisa que sobre el exjefe de estado continúa existiendo el peligro de fuga y de obstaculización respecto a este proceso penal.

"La medida de prisión preventiva continúa siendo necesaria, puesto que no existe otra medida menos gravosa que pudiera asegurar al investigado al proceso, en su conjunto; sobre todo en casos como el de autos, donde los arraigos son endebles, y concurren los 5 supuestos que para la evaluación del peligro de fuga contempla el artículo 269° del CPP, y sobre todo, cuando el mismo imputado Castillo Terrones fue intervenido y detenido en circunstancias que, con conocimiento de las investigaciones penales iniciadas en su contra, huía hacia la Embajada de los Estados Unidos Mexicanos", sostiene el juez supremo Juan Carlos Checkley en su resolución.

Respecto a la sentencia que emitió el Tribunal Constitucional que suspendió las investigaciones fiscales a la presidenta Dina Boluarte hasta que concluya su mandato en julio del 2,026 que utilizo la defensa legal del expresidente Pedro Castillo en su pedido de cese de prisión preventiva, el juez supremo Checkley Soria precisa que en dicha sentencia no se establece la inconstitucionalidad de la intervención de jueces y fiscales supremos provisionales en las investigaciones o juzgamientos contra los altos funcionarios que gozan del aforo constitucional conforme a los artículos 99 y 100 de la Constitución Política del Perú.

El magistrado también precisa que la prisión preventiva contra el exjefe de estado fue dispuesta cuando ya se había levantado la prerrogativa del antejuicio político por parte del Congreso de la República, por lo que la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional tampoco enerva los graves y fundados elementos de convicción advertidos respecto de los delitos de Rebelión, Abuso de Autoridad y Grave Perturbación de la Tranquilidad Pública que le atribuye la Fiscalía, "puesto que, no establecen restricciones para la intervención de jueces y fiscales supremos provisionales, y porque además, sí se cumplió con levantar previamente el antejuicio político contra Castillo Terrones, lo que resulta acorde con lo resuelto por el Tribunal Constitucional".

Sobre el expresidente Pedro Castillo también pese un mandato de prisión preventiva que se le impuso como parte de la investigación preparatoria que se le sigue por los presuntos delitos de organización criminal y otros en agravio del estado por los casos acumulados Petroperú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda.

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