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Sala del TC ordenó que acuerdo de colaboración eficaz entre Odebrecht y Fiscalía sea de acceso público

Sede del Tribunal Constitucional.
Sede del Tribunal Constitucional. | Fuente: Andina

Una sala del máximo intérprete de la Constitución declaró fundada una demanda por haberse vulnerado el derecho fundamental de acceso a la información pública.

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La Segunda Sala del Tribunal Constitucional ordenó que sea de acceso público el acuerdo de colaboración eficaz suscrito entre Odebrecht, un grupo de exejecutivos de dicha empresa brasileña con la Fiscalía peruana y la Procuraduría AD HOC del caso Lava Jato.

Así lo resolvió esta sala del máximo intérprete de la Constitución al declarar fundada una demanda de habeas data contra los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez Gómez, del Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato, por haberse vulnerado el derecho fundamental de acceso a la información pública.

En la resolución, a la que tuvo acceso RPP, la sala ordena a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro que entregue en un plazo no mayor de 5 días hábiles, una copia del Acuerdo de Beneficios y Colaboración Eficaz de fecha de 2019 y el Acuerdo Complementario de fecha 20 de mayo de 2019 que suscribió Fiscalía, la constructora Odebrecht, además de los colaboradores Jorge Simoes Barata, Ricardo Boleira Sieiro, Renato Ribeiro Bortoletti y Antonio Nostre.

Al respecto, la procuradora pública del Ministerio Público precisó en una audiencia el pasado 2 de diciembre, que dicho acuerdo de colaboración eficaz forma parte de un proceso que es “reservado” con el fin de resguardar la eficiencia de las investigaciones que están en curso.

La letrada precisó que los derechos no son absolutos y que de acuerdo con lo establecido por el Código Procesal Penal, no se puede entregar esta información a personas que no son parte del proceso ni a sus abogados.

En ese sentido, remarcó si se revela esta información a personas ajenas se puede afectar las investigaciones de diversa forma.

Cuatro días después, el 6 de diciembre, el magistrado del TC, César Ochoa, indicó en RPP que la sentencia iba a ser “emblemática” en materia del derecho fundamental al acceso a la información pública. Explicó también que la demanda de habeas data estaba en la Segunda sala del TC, la cual es presidida por el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse y es conformada por él y Helder Domínguez Haro. 

Acuerdos de Fiscalía deben ser públicos

En esa misma línea se pronunció, el abogado Wilber Medina quien calificó de “histórica” la sentencia respecto del acceso a la información pública que tiene la ciudadanía. Según indicó, Fiscalía tendrá que acatar la sentencia y entregarla a él y su representado, Phillip Butters, para hacerla de conocimiento público.

“Lo que ha publicado es la sentencia y tienen que notificarla. Entonces qué es lo que pasa, el Equipo Especial Lava Jato tienen 5 días para publicarla, si no lo hace incurren en responsabilidad. Estoy seguro que el señor Vela, el señor Pérez tienen que acatar y van a publicar la sentencia, nos van a notificar, al demandante, en este caso al señor Phillip Butters y a mí como abogado y nosotros como se ha ofrecido y era el propósito vamos a hacerlo público”, dijo.

“A partir de esta sentencia vamos los peruanos a exigir y así tienen que entender los fiscales, tenemos que conocer todos los convenios de colaboración eficaz suscritos con los diferentes investigados y procesados (...) A partir de hoy todos los acuerdos de colaboración suscritos entiéndase, Odebrecht, Obrainsa y más personas naturales y jurídicas tienen y deben ser de acceso y de conocimiento público deben ser colgados en la página web de la Fiscalía de la nación, a partir de cuándo. Cuando se suscribe el convenio de colaboración, a partir de ahí puede y debe hacerse público”, añadió. 

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Sebastián Acosta

Sebastián Acosta Periodista

Profesional con 9 años de experiencia en coyuntura política. Trabajo también en la cobertura de temas de actualidad.

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