A propósito de la Marcha por la Vida, de este sábado 12 de marzo, RPP Noticias consultó con entendidos en el tema y esto fue lo que nos dijeron.
¿Desde qué momento se considera que existe vida? Esta es una interrogante para el que siempre hay respuestas, aunque las posiciones sean controversiales y den paso a más preguntas.
A propósito de la Marcha por la Vida, que defiende -precisamente- la vida desde la concepción hasta su fin natural, RPP Noticias consultó con entendidos en el tema y esto fue lo que nos dijeron:
¿Cuándo comienza la vida? Dos posturas
Para la bióloga Carol Maraví un nuevo ser existe desde la unión del óvulo con el espermatozoide, es decir, desde la fecundación. "Son 23 cromosomas de la madre y 26 del padre. Es del encuentro de gametos (células sexuales) que esta información genética se suma y tenemos el ADN de un ser humano único e irrepetible", sostiene.
El médico ginecólogo Marcelo Velit difiere. "La vida no se inicia en la fecundación sino en la implantación en el útero del óvulo fecundado", afirma.
Según el galeno, deben pasar 5 días desde la fecundación y recién a partir de que el blastocisto (embrión) se implanta en el útero, es que se cuenta como vida.
Velit, experto en fertilidad, defiende las técnicas de reproducción asistida y niega que así se vulnere el derecho de un no-nacido. Al contrario, señala que él y sus colegas son llamados "orfebres de Dios", porque "promueven la vida" al ayudar a personas con dificultades para concebir.
Defiende que los embriones son seleccionados genéticamente y vitrificados -nunca desechados- a través de una técnica muy superior a la congelación en la que son conservados de forma indefinida en tanques de nitrógeno líquido.
"Las técnicas de reproducción asistida implican la manipulación de embriones. Estás convirtiendo a tu hijo en un objeto, en algo que fabricas en un laboratorio", objeta la bióloga Carol Maraví.
Ella propone la naprotecnología, una alternativa que sugiere antes de pensar en la fertilización in vitro, y que consiste en un tratamiento que promueve la ovulación en la mujer. Destaca que esta opción se aplica en Estados Unidos, México, y en países de América Latina como Argentina y Colombia.
Asimismo, la estudiosa rechaza la posibilidad de que -como ocurre en otros países- los embriones vitrificados que no aplican para ser implantados en las madres que apuestan por la fertilización in vitro, vayan a terminar siendo "bebés medicamento", o sea, usados para proporcionar un trasplante de médula ósea.
Recuerda que en el año 2012, el Premio Nobel de Medicina fue otorgado al descubrimiento de células madres pluripotenciales inducidas (IPSC), que permite obtener células madre para usos terapéuticos sin necesidad de recurrir al controvertido uso de embriones.
¿Qué dice la legislación peruana?
El artículo 1° de la Constitución Política del Perú señala que: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”.
"El ordenamiento jurídico peruano reconoce la concepción como el surgimiento de una vida, y es unánime al considerar al concebido como un sujeto de derecho", explica el doctor en Derecho Martín Santiváñez.
Menciona que el artículo 1°del Código Civil, el artículo 1° y 2° del Código del Niño y Adolescente, el artículo 3° de la Ley General de Salud, así como tratados internacionales firmados por el Perú, defienden al concebido.
"Todo el sistema jurídico peruano protege al concebido, no hay un vacío legal que lo coloque como un ciudadano de segunda o tercera clase", anota.
Y a sabiendas de que en el Perú el aborto es un delito que se sanciona con pena de cárcel, y el Congreso de la República archivó el proyecto de ley que busca despenalizar el aborto en casos de embarazos por violación sexual; el letrado rechaza que a la fecha exista algún vacío legal en cuanto a la protección del niño por nacer.
"No existe posibilidad jurídica de eliminar la vida de un sujeto de derecho para intentar paliar las consecuencias graves de una violación. El ordenamiento jurídico protege al niño por nacer, y de la misma manera intenta favorecer el bienestar de la madre que ha sufrido una violación. No hay un vacío legal", concluye.
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