Dicen que la palabra, decreta. Casi siempre es verdad, pero cuando se trata de evocar a nuestros familiares o amigos desaparecidos y dices ¡Presente! una y otra vez, no aparecerá. Entre las 251,549 víctimas inscritas a setiembre en el registro único de víctimas del Conflicto Armado Interno (CAI) 28,504 corresponden a desapariciones forzadas. Ernesto Castillo Páez es uno de ellos y nos hace mucha falta.
Ernesto era un joven estudiante de Sociología de la PUCP y como cualquiera de nosotros tenía sueños y luchaba por ellos. Los jóvenes ochenteros y noventeros participábamos en todo tipo de activismo o militancia partidaria, dentro y fuera de la universidad. Pero, durante el tiempo del CAI, participar en protestas, proyección social, investigación de campo o trabajo parroquial, era altamente riesgoso. El 21 de octubre de 1990, Ernesto estaba en Villa El Salvador y la policía lo detuvo y lo metió en la maletera del patrullero. Nunca más lo volvimos a ver.
Los perpetradores fueron identificados y sentenciados a 15 años, pero salieron con beneficios en 5 o 6, sin haber indicado el lugar donde yace su cuerpo, mientras su familia sigue envuelta en el laberinto el sistema de justicia y atrapada en el recuerdo de ese hijo que no volvió más. Según la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (ONU), ratificada por el Estado peruano: “…se entenderá por desaparición forzada el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”. También indica que constituye un delito de lesa humanidad.
Una vez más el Perú asume compromisos frente a las Naciones Unidas, y una vez más hace poco para cumplirlos. En abril de este año los examinadores internacionales evaluaron el cumplimiento de dicha convención en el territorio peruano y observaron entre otros aspectos, que en la legislación peruana no está prohibida la desaparición forzada, así mismo recomendó que acelere las investigaciones, asegure autoridades competentes y garantice que ningún agente del Estado, civil o militar, sospechoso de haber cometido un delito de desaparición forzada, esté en condiciones de influir en el curso de las investigaciones, y una serie de medidas para prevenirla.
La ministra Revilla y el viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, Daniel Sánchez, tienen un gran desafío por delante: implementar las observaciones que pesan sobre el Estado peruano por su limitada labor para actuar, reparar y prevenir las desapariciones forzadas. Esperamos que los responsables de la desaparición de Ernesto cumplan condena completa y señalen la ubicación de su cuerpo, solo así sus familiares y amigos sabremos lo que realmente sucedió y encontraremos sosiego frente a su tumba.
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