Por el momento solo un grupo de entidades financieras ya está aplicando el Decreto de Urgencia Nº 056-2020, para proteger el dinero de aquellos afiliados que retiren el 25% de sus fondos de pensiones.
Las solicitudes de retiro del 25% de las AFP se están atendiendo desde el lunes 18 de mayo. Sin embargo, una vez efectuado el retiro, este dinero no es intangible. Es decir, puede ser sujeto de retenciones, en caso el afiliado tenga deudas pendientes.
La ley Nº 31017 que aprueba el retiro del 25% de las AFP no estableció que estos depósitos de hasta S/12,900 sean intangibles. Entonces, si el afiliado que solicita el retiro tiene alguna deuda pendiente, la entidad financiera puede descontar o retener parte del monto.
Ante esto, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinó, mediante el Decreto de Urgencia Nº 056-2020, que para proteger estos depósitos los bancos podrían crear cuentas intangibles.
De acuerdo con el decreto, las entidades financieras pueden abrir cuentas, masiva o individualmente, a nombre de los beneficiarios sin un contrato o aviso previo.
Pero, por el momento no todos los bancos aprobados para el depósito de los fondos de pensiones estarían aplicando esta medida.
Según nos indicó Aldo Ferrini, gerente general de AFP Integra, las entidades financieras que están aplicando el decreto son BanBif, BBVA, BCP, Caja Huancayo, Interbank y Scotiabank. Es decir, estas entidades no retendrán el dinero del afiliado.
Los demás bancos estarían trabajado para poder aplicar el D.U 056-2020 y tramitar el depósito en cuentas intangibles.
Por su parte, Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación AFP señaló que de las 16 entidades financieras, 8 pueden realizar los cobros activos en las cuentas de los afiliados. No obstante, no precisó cuáles son estas entidades.
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