Congreso aprueba Ley de Información Financiera. Entidades financieras, empresas aseguradoras y AFP´s deberán informar sobre ahorros o cuentas en partidas de defunción del cliente fallecido.
El Pleno del Congreso de la República aprobó la Ley de Información Financiera para que los familiares puedan acceder al cobro de herencias, ahorros o seguros de la persona fallecida y que por desconocimiento no se hace.
"En la actualidad un 90 por ciento de familiares que pierden a un miembro de su familia desconocen si este tiene cuentas o dinero ahorrado en alguna AFP, bancos y seguros, por tal estos ahorros o cuentas quedan para un fondo que nadie por desconocimiento los cobra", dijo el miembro de la Comisión de Economía, Fernando Andrade.
La norma señala que de ahora en adelante las entidades financieras, empresas aseguradoras y Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deberán informar sobre los ahorros o cuentas en las actas o partidas de defunción del fallecido.
Del total de personas que fallecen solo el 10 por ciento deja un testamento y generalmente estas personas están en los sectores A y B, mientras en los demás sectores socioeconómicos está el 90 por ciento de personas que fallece sin dejar un testamento.
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