Con la nueva Ley del Contrato de Seguros los asegurados con alguna enfermedad preexistentes podrán cambiar de seguro sin perder su cobertura.
Los asegurados con enfermedades preexistentes, como el cáncer, podrán cambiar de seguro sin perder su cobertura, ello con la normativa de la nueva Ley del Contrato de Seguros, a aprobase el 27 de mayo.
“La empresa que me iba a empalmar la cobertura no me cubre el cáncer. Con esta ley me considera el cáncer como una enfermedad preexistente y me dan continuidad”, refirió el especialista en seguros, Gabriel Bustamante.
Entre los principales cambios resalta la renovación de las pólizas. Ahora se establece que un contrato de seguros se renueva automáticamente, en las mismas condiciones vigentes en el período anterior, siempre que contenga la cláusula de renovación automática.
En el caso de que el asegurador considere incorporar modificaciones en la renovación del contrato deberá cursar aviso por escrito al contratante con un plazo no menor de 45 días previos al vencimiento del contrato, detallando las modificaciones en forma destacada.
La ley también establece la creación de oficiales de atención al cliente, quienes velarán por que se dé un buen servicio hacia los usuarios. Los oficiales serán supervisados por la SBS.
Bustamante detalló que en en el 2012 la industria de seguros recaudó cerca de US$ 3.000 millones, de los cuales solo el 45% se utilizó para pagar indemnizaciones.
Explicó que el 55% restante se van para las utilidades de las compañías de seguros, para las comisiones de los corredores de seguros y para los gastos generales.
“Una industria que persigue un fin social debería destinar el mayor de sus ingresos ir al pago de siniestros, pero esto no se da porque la gente no sabe cobrar y también porque las aseguradoras te la ponen difícil para hacerlo”, comentó.
Comparte esta noticia