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CCL: Solo independientes con ingresos regulares deben aportar a AFP u ONP

Andina
Andina

Para los trabajadores que tienen ingresos superiores a 7 UIT anuales o S/. 2,217 mensuales los aportes a las AFP u ONP deben ser deducibles del Impuesto a la Renta, planteó el gremio empresarial.

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La Cámara de Comercio de Lima (CCL) consideró que el aporte de los trabajadores independientes a un fondo de pensiones debe ser obligatorio solo para quienes obtienen honorarios regulares y permanentes mayores a la remuneración mínima, es decir más de S/. 750 mensuales.

Asimismo, señaló que no debe ser obligatorio el aporte sobre los honorarios adicionales que los trabajadores perciben fuera de un centro laboral.

El gremio empresarial propuso, además, que los aportes a la AFP u ONP que realizen los servidores independientes con ingresos superiores a 7 UIT anuales (S/.26,600) o S/. 2,217 mensuales, deben ser deducibles como gasto al regularizar y pagar el impuesto a la renta anual de cuarta categoría.

Así también, la CCL planteó que el trámite de afiliación debe estar a cargo exclusivamente del servidor independiente, quien debe tener la potestad de afiliarse libremente a la ONP o AFP de su elección.

"Con ello se evitará afiliaciones indebidas y sobrecostos adicionales a las empresas y entidades que pagan los honorarios", señaló en un comunicado.

En el caso del servidor independiente que percibe honorarios variables de diversas empresas o entidades, debiera poder sumar sus honorarios mensuales y pagar directamente sus aportaciones.

Similar procedimiento debiera aplicarse cuando se trate de varios recibos emitidos a un solo agente de retención, señaló la CCL.

"Para los servidores independientes que optan por afiliarse a la AFP, corresponde a la SBS precisar el porcentaje de comisiones a las AFP, así como el seguro de invalidez, sobrevivencia y sepelio que deben pagar, por cuanto hay una total confusión entre los agentes de retención y los beneficiarios del sistema", refirió.

La CCL también recomiendó establecer un periodo de seis meses, libre de multas y sanciones, para permitir a los afiliados regularizar su afiliación y pago de aportes mensuales. En tal plazo debieran realizarse fiscalizaciones preventivas e instructivas a los servidores independientes, indicó.

Si bien el gremio empresarial señaló que está de acuerdo con la ley que dispone la afiliación de los independientes a un sistema previsional,  recomendó ajustes normativos puntuales que eviten afectar la canasta familiar de estos trabajadores.

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