El fomulario para la declaración del Impuesto a la Renta (IR) ya está disponible en la página web de la Sunat.
La Sunat publicó este lunes 17 de febrero el formulario de renta anual para que los contribuyentes de primera a quinta categoría puedan acceder a la devolución de impuestos
Para los trabajadores en planilla, el próximo 13 de abril inicia la devolución de oficio del Impuesto a la Renta, la cual se deberá hacer hasta dentro de 30 días hábiles.
¿Cuáles son los diferentes tipos de renta?
Las rentas de primera categoría corresponden a ingresos por alquiler de viviendas o establecimientos.
Las de segunda categoría están relacionadas a inversiones en el mercado bursátil.
Mientras que, las de cuarta y quinta categoría son las de trabajo. La cuarta se generan por los ingresos de trabajadores independientes, y la quinta es para empleados subordinados en planilla.
¿Cómo debo hacer la presentación?
1. Para rentas de 1era y 2da categoría
Quienes tengan rentas de primera categoría deberán completar el formulario virtual de la Sunat eligiendo la opción 159 para la devolución del saldo. Los de segunda categoría elegirán la casilla 360.
Luego deberán dar click en la opción de “constancia de presentación y pago”, y elegir la opción que te corresponda según seas de primera o segunda categoría.
Luego de validar la solicitud, la Sunat enviará la resolución al correo del usuario. Para acceder al documento deben ingresar a la opción de “Sunat operaciones en línea” en la web de la institución.
Si tienen saldos a favor podrán solicitar la devolución presentando el formulario virtual N°1649. El pago puede pedirse en abono a cuenta bancaria, cheque o pago en agencia financiera.
2. Para rentas de 4ta y 5ta categoría
En el caso de las rentas por trabajo de cuarta categoría (independientes) el usuario deberá presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta en la web de la Sunat y llenar el formulario virtual n°709.
Al terminar el formulario, el trabajador podrá solicitar la devolución de impuestos en caso exista un saldo a favor.
En el caso de los trabajadores con rentas de quinta categoría (empleados en planilla) para obtener el saldo sobrante, en caso exista, se completa el formulario y no es necesario emitir una solicitud. La Sunat realiza automáticamente la devolución de oficio que inicia el próximo 13 de abril.
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