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Compra de autos o viviendas de más de S/12,450 deberá realizarse con cheques o depósitos

Disposición entrará en vigencia el próximo martes 21 de agosto.
Disposición entrará en vigencia el próximo martes 21 de agosto. | Fuente: Andina

La norma entra en vigencia hoy martes 21 de agosto. Se exigirá que notarios certifiquen que se han usado los medios de pago específicos para las transacciones.

La compra de vehículos o inmuebles que superen los S/12,450 deberán pagarse obligatoriamente con un cheque o a través de un depósito bancario desde este martes 21 de agosto, conforme a los cambios en la Ley de Bancarización, dispuestos por la Ley 30730, alertó la Cámara de Comercio de Lima.

Dicha norma dispone la bancarización obligatoria en las operaciones mayores a 3 UIT en la constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles y en la transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres.

Asimismo, también se aplica en la adquisición, aumento y reducción de participaciones en el capital social de una persona jurídica, tal como explica el gremio.

“La referida ley busca evitar el riesgo de evasión fiscal, lavado de activos y actos de corrupción, que deben de tener en cuenta los que venden y compran inmuebles y vehículos, así como las personas que adquieren el capital social de una persona jurídica, inclusive cuando se paguen parcialmente”, indicó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

El gremio indicó que para las demás operaciones que efectúan los contribuyentes, se mantiene la obligación de bancarizar por montos iguales o superiores a S/3,500 o US$ 1,000 y en el caso de préstamos, es obligatoria la bancarización, cualquiera sea el monto del préstamo y la devolución de este.

Constancia

Para garantizar que se cumpla con esta disposición, los notarios y los jueces que formalicen actos jurídicos en los 3 casos referidos deben dejar constancia del medio de pago bancario utilizado.

“En el caso que el cliente del notario se niegue a demostrar que ha utilizado medio de pago bancario, sin perjuicio de no dar fe de la operación, el notario deberá efectuar un reporte de operaciones sospechosas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), para las investigaciones y sanciones que correspondan”, comentó Zavala.

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