El viernes pasado el Congreso aprobó una ley que menciona la reprogramación, condonación y congelamiento de deudas para los clientes más afectados por la pandemia de COVID-19.
La semana pasada el Congreso de la República aprobó una iniciativa que permitirá dar facilidades a las personas con complicaciones para pagar sus deudas debido a la pandemia de COVID-19.
Con esta ley, la reprogramación debe reducir el costo del crédito en entre 15% y 25% a quienes apliquen al programa, reduciendo también las tasas de interés o estableciendo la condonación de una o varias cuotas del cronograma de pago.
Pero, ¿en qué se diferencian la reprogramación, condonación y congelamiento de deudas?
Reprogramación
La reprogramación consiste en aplazar el cronograma de pagos por entre 30 y 90 días, sin aumentar el número de cuotas de la deuda.
Pese a que el cliente no pague durante esos meses de prorroga, el interés de cada cuota reprogramada se añadirá a las que siguen.
Sin embargo, el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Anthony Novoa, señala que en el caso de la norma aprobada, no se aplicará un incremento en las tasas de interés ni se afectará el récord crediticio del beneficiario.
Condonación
La condonación de deudas se refiere al hecho de perdonar el total del pago que se adeuda, y era lo que se planteaba en varios de los proyectos presentados por el Congreso.
En el caso de la nueva ley, no se hace menciona la condonación total de la deuda, sino al "establecimiento de la condonación de una o varias cuotas en el cronograma de pagos".
Congelamiento
El congelamiento fue permitido en las entidades financieras entre abril y mayo, y se fraccionaron las cuotas de esos meses en nuevos préstamos de entre 24 y 48 meses.
De acuerdo con el BCP: Si un cliente tiene un préstamo personal de 12 cuotas pendientes de S/ 300 cada una. En este caso, luego de los 2 meses sin pagar (S/ 600) se generará un préstamo personal con cero intereses por el que se deberá pagar 25 soles mensuales por 24 meses.
En el nuevo proyecto se señala que se podrán congelar las deudas por un plazo máximo de 90 días para aquellos que no hayan podido realizar pagos en los últimos tres meses.
NUESTROS PODCAST
Informes RPP: ¿Cómo está la economía peruana a 200 días del Estado de Emergencia?