Las empresas deben tener en cuenta que el plazo del pago de las gratificaciones vencerá el martes 15 de diciembre.
Este 15 de diciembre las empresas a nivel nacional deberán realizar el pago de la gratificación por Navidad a sus trabajadores, además de un sueldo íntegro (equivalente al 30 de noviembre de 2015) recibirás hasta un 22 por ciento más en tu depósito.
Si en algún mes el trabajador tuviera inasistencias injustificadas por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir.
"Si el trabajador percibe S/.1 200 mensuales y falta cualquier día de cualquier mes (de julio a diciembre) se le descontará del sexto correspondiente (200 soles) un treintavo por cada día no asistido. Se dividen los 200 soles entre 30 días, descontándole 6.66 soles por día no laborado", detalló el gremio empresarial.
En caso la empresa no deposite el monto asignado de la "grati" en la fecha límite este 15 de diciembre, el trabajador puede hacer una denuncia al Ministerio de Trabajo, las multas para las empresas están entre S/.10 mil y S/.150 mil, dependiendo de la cantidad de trabajadores con los que cuente.
¿Cuánto más recibirás?
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL) siempre que hayas laborado el semestre completo, de julio a diciembre de este año, recibirás además de lo que te pagan de sueldo mensualmente, un 13% que no se te descontará para la ONP o AFP y se le agregará el aporte de 9% que tu empleador suele hacer a EsSalud o de 6,75% si estás afiliado a una EPS (Rímac, Pacífico, Mapfre, La Positiva, etc) de conformidad con la Ley 30334 que desgravó permanentemente las gratificaciones.
¿Quiénes tienen derecho y cuánto perciben?
Los trabajadores con contratos indeterminados, a plazo fijo, a tiempo parcial del sector privado, así como los empleados públicos bajo el régimen privado, recibirán un sueldo completo.
Por su parte, los trabajadores de Construcción Civil perciben 40 jornales básicos, mientras que los trabajadores agrarios reciben sus gratificaciones incluidas en su remuneracion mensual.
Las trabajadoras del hogar y los empleados de las pequeñas empresas inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), tienen derecho a medio sueldo de gratificación.
Asimismo los trabajadores del Estado que laboran bajo el Régimen de Carrera Administrativa, los que estén bajo el alcance de la Ley de Servicio Civil y los que laboran bajo el régimen CAS reciben un aguinaldo de 300 soles, al cual también se les sumará un adicional.
¿Quiénes no tienen derecho a la gratificación?
Los trabajadores de las microempresas incritas como tales ante el Remype, los independientes y los practicantes, los aprendices del Senati, así como aquellos trabajadores que hayan laborado menos de un mes.
Los que prestan servicios independientes regulados por el Código Civil (locación de servicios).
Si el trabajador ingresa o cesa en el trascurso del mes, los días de dicho mes incompleto, no son computables para el cálculo de la gratificación.
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