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Declaración de predios: ¿Quiénes deben cumplir esta obligación?

Este 1 de junio empieza el cronograma de vencimientos de la Declaración de Predios 2015.
Este 1 de junio empieza el cronograma de vencimientos de la Declaración de Predios 2015. | Fuente: ANDINA

Si eres dueño de uno o más predios cuyo valor supera los S/ 150 mil, al 31 de diciembre del 2015, debes cumplir esta obligación tributaria, informó la Sunat.

Hoy 6 de junio se inició el cronograma de vencimientos de la Declaración de Predios correspondiente al período 2015, para aquellos contribuyentes cuyo RUC o DNI termina en 3 y 2, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

El cronograma de vencimientos para la presentación de esta declaración va de acuerdo con el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de los contribuyentes o con el Documento Nacional de Identidad (DNI) si no tiene RUC, de los dueños de los inmuebles.

¿Quiénes deben hacerlo? 

Los propietarios de dos o más predios cuyo valor total supere los 150 mil soles, al 31 de diciembre del 2015, así como los dueños que hayan cedido dos o más inmuebles para realizar alguna actividad económica (alquiler), siempre que estas modificaciones no se encuentren independizadas en Registros Públicos.

Y ¿quiénes no?

Cabe precisar que no están obligados a presentar la declaración quienes, al 31 de diciembre del 2015, tengan como única propiedad un departamento o vivienda ubicada en un condominio común, incluidos los predios que usen para su cochera o depósito siempre que estén ubicados o comprendidos en la misma edificación.

Cronograma de Vencimientos de la Declaración de Predios 2015

Último dígito

del RUC o DNI

9 y 8 o una

 letra

7 y 6

5 y 4

3 y 2

1 y 0

Fechas de vencimiento

1 de

junio

2 de junio

3 de

junio

6 de

junio

7 de

junio

 

Los propietarios de dos o más predios cuyo valor total supere los 150 mil soles, al 31 de diciembre del 2015, así como los dueños que hayan alquilado dos o más inmuebles.
Los propietarios de dos o más predios cuyo valor total supere los 150 mil soles, al 31 de diciembre del 2015, así como los dueños que hayan alquilado dos o más inmuebles. | Fuente: ANDINA

La Sunat recomienda a los propietarios tener su Declaración del Impuesto Predial 2016, que se debe utilizar como la base para considerar el cómputo, valor y detalle de los predios que se van a declarar, así como el número de la partida registral en caso el inmueble esté inscrito Registros Públicos.

Facilidades

A fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación, la presentación de la declaración se podrá hacer a través de Internet, utilizando el Formulario Virtual N° 1630 (hasta 20 predios) o el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 3530 disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe).

Para más información sobre la Declaración de Predios 2015, los interesados pueden ingresar a Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), comunicarse con la Central de Consultas a los números 0-801-12-100 (teléfono fijo) y 315-0730 (desde celulares) o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país.

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