Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
RPP Data
Urgen medidas para reducir los accidentes de tránsito en carretera
EP 192 • 03:10
Informes RPP
Mateo Castañada: El abogado de Dina Boluarte implicado en el caso Los Waykis en la sombra
EP 1131 • 06:30
Espacio Vital
¿Los ruidos causados por el tráfico automotor pueden causar enfermedades del corazón?
EP 373 • 07:09

Día del Trabajo: ¿Cuánto deben pagarte si laboras este domingo 01 de mayo?

Los trabajadores recibirán un dinero extra por el feriado del Día del Trabajo, según el Decreto Legislativo 713.
Los trabajadores recibirán un dinero extra por el feriado del Día del Trabajo, según el Decreto Legislativo 713.

Conoce aquí cómo calcular cuánto deben pagarte extra si eres uno de los trabajadores que laborará durante este domingo 01 de mayo.

Este domingo 01 mayo se celebra el Día Internacional del Trabajo, motivo por el cual tanto en el sector público como en el privado se ha establecido un feriado.

Sin embargo, algunos trabajadores de actividades esenciales sí deberán laborar durante este día, previa coordinación con su jefe, lo que implica un pago adicional.

El Decreto Legislativo N° 713, indica que los empleados que laboren durante un feriado deberán recibir un monto equivalente a tres remuneraciones.

¿Cuánto debe pagarte?

El laboralista César Puntriano precisa que los trabajadores tendrán derecho a percibir la remuneración por el día de descanso semanal ya incluida en el sueldo mensual más una remuneración por el feriado y una remuneración por el trabajo efectuado ese domingo con una sobretasa del 100%.

Por ejemplo: Si un trabajador percibe S/ 1,200 mensuales, su remuneración diaria equivale a S/ 40 (1,200 entre 30 días), y si trabaja durante el feriado recibirá S/ 80 adicionales. En total le pagarían S/ 120 por solo ese día de trabajo.

Si el empleado labora durante el feriado, pero su descanso semanal no coincide con ese día entonces solo tendrá derecho a percibir a fin de ese mes dos días adicionales de remuneración a su sueldo mensual, indica Puntriano.

¿Y si no trabajo ese día?

En caso el día de descanso semanal obligatorio coincida con el feriado, se les deberá pagar "un día de remuneración por el citado feriado, independientemente de la remuneración por el día de descanso semanal correspondiente".

Esto aplica tanto para trabajadores que estén laborando de manera presencial, como para aquellos que estén en trabajo remoto.

Si el empleado está con licencia de goce de haber compensable deberán otorgarle una remuneración diaria por el día de descanso, y otra remuneración diaria por el feriado, el cual no deberá ser compensado posteriormente.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA