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Dictan medidas para prevenir lavado de activos y financiamiento terrorista

Dispositivo legal será aplicado en empresas bajo la jurisdicción de Conasev como la Bolsa de Valores de Lima, sociedades agentes de bolsa y sociedades intermediarias de valores.

La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (Conasev) dictó hoy una serie de medidas para fortalecer la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, con el propósito de detectar operaciones sospechosas en el sistema financiero.

El dispositivo, que consta de 35 artículos y dos disposiciones complementarias y finales, y cuatro anexos, será aplicado en empresas bajo la jurisdicción de Conasev como la Bolsa de Valores de Lima, sociedades agentes de bolsa y sociedades intermediarias de valores.

También en sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión de valores, sociedades administradoras de fondos de inversión, sociedades titulizadoras, entre otras, según la Separata Especial publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

La norma establece que cada empresa debe informar a la Unidad de Inteligencia Financiera de operaciones iguales o superiores a 10 mil dólares o su equivalente a moneda nacional.

De igual modo, las operaciones múltiples que se realicen en una o varias oficinas que en su conjunto iguales o superen los 50 mil dólares y de ser el caso, cuando se realicen por o en beneficio de una misma persona durante un mes calendario.

Además, la norma establece un formato para que cada empresa elabore un registro pormenorizado con datos específicos de los clientes y de las operaciones comerciales que realiza.

También, las empresas deberán procurar tener información respecto de los ingresos mensuales promedio aproximado de sus clientes, sean personas naturales y jurídicas.

Se consideran señales de alerta las conductas inusuales de los clientes, como por ejemplo, que eluda o se niegue a proporcionar información requerida; el que su teléfono fijo o móvil está permanentemente desconectado, si realiza operaciones frecuentes o significativas que no guardan relación con la actividad económica declarada.

Asimismo, cada empresa deberá elaborar un Código de Conducta y Manual para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, a fin de garantizar el correcto desenvolvimiento de los trabajadores para informar de transacciones inusuales o sospechosas que se realicen o se presentan realizar.

ANDINA

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