El proyecto del Ejecutivo plantea modificaciones y precisiones a nueve conceptos laborales. Uno de los cambios es el despido por bajo rendimiento.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) prepublicó hoy el proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Cambios normativos
Mediante Resolución Ministerial Nº 263-2019-TR, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Trabajo propuso que los trabajadores de dirección o de confianza (gerentes) que laboren más de cuatro horas puedan recibir una indemnización por despido arbitrario.
Asimismo, el proyecto de decreto pone un candado y señala que el despido arbitrario no aplica para los trabajadores del sector público contratados bajo el régimen privado.
Otra modificación es sobre la jubilación obligatoria. Según la legislación peruana, los trabajadores con 70 años cumplidos pueden ser cesados por jubilación excepto por un pacto entre las partes. La iniciativa indica que si las empresas permiten que los trabajadores continúen laborando después de cumplir los 70 años (la edad legal de jubilación es a los 65 años), y luego deciden despedirlos, los empleados podrían demandarlos por "despido arbitrario".
Pago en especies
A la fecha la regulación peruana establece que si un trabajador desea que la empresa donde labora le pague el 100% de su remuneración en especies, la compañía puede hacerlo. Para variar esta medida el Gobierno plantea que se ponga un límite de 30% de la remuneración total. Los empleadores podían pagar hasta con bebidas alcohólicas usando este mecanismo.
Entre las modificaciones el Gobierno está proponiendo una serie de cambios en las leyes laborales para dar flexibilidad a las empresas de la actividad privada, sostuvo Percy Alache, director del área laboral de PwC.
Desvinculación
1.Si la empresa se niega a exonerar del plazo de preaviso de renuncia (30 días), el trabajador debe laborar hasta el fin del plazo.
2.La Indemnización por Despido Arbitrario (IDA) se entrega a trabajadores con 4 o más horas y al personal de dirección - confianza (entre ellos los gerentes de las empresas).
3.Rendimiento Deficiente: Para activar esta opción la empresa debe contar con un Sistema de Gestión del Rendimiento con criterios objetivos y razonables. (presentarlo al MTPE) y comunicar al personal los criterios de evaluación.
4.El plazo de descargos en el despido puede ser ampliado por la empresa.
5.Las comunicaciones de despido entregadas en el último domicilio registrado del trabajador en la empresa son válidas, así este no se encuentre.
6.El pago de la IDA y la liquidación de beneficios sociales se realizará de forma separada.
Video recomendado
Comparte esta noticia