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Entra en vigencia nueva normativa para descarga de aguas residuales

En Lima y Callao existen 70 mil negocios que descargan sus aguas a las redes de alcantarillado y que a partir de la fecha deben cumplir con nuevos estándares o serán sancionados.

Este 5 de setiembre entró en vigencia la nueva normativa que establece Valores Máximos Admisibles (VMA) que deben cumplir las aguas residuales generadas por comercios e industrias, informó el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal).

De esta forma se busca reducir el impacto ambiental, el daño a la salud pública y la afectación de la red  de alcantarillado y las plantas de tratamiento de aguas residuales de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) a nivel nacional.

En el caso de Lima y Callao existen 70 mil negocios que descargan sus aguas residuales a las redes de alcantarillado, y que a partir de la fecha deben cumplir con la normativa que establece los VMA en aguas residuales no domésticas, porque de contrario serán sancionados.

La normativa establece pagos adicionales o sanciones, según corresponda. Por un lado el pago adicional puede ser desde el 5% hasta 20 veces la tarifa de alcantarillado, que es de S/. 1.88 por metro cúbico para usuario industrial, si es que exceden los contaminantes de carácter orgánico como grasas y aceites de camales y restaurantes, por ejemplo.

Mientras que en el otro grupo de parámetros que no se aceptarán de ninguna manera en el sistema de alcantarillado se encuentran contaminantes como metales pesados, tóxicos y ácidos.

Si se detecta a algún usuario que arroja estos contaminantes por encima de los valores establecidos se procederá a la suspensión o cierre de la conexión, advirtió Sedapal.

La norma señala que el monitoreo de la concentración de las descargas de aguas residuales no domésticas en los sistemas de alcantarillado estará a cargo de las EPS. En el caso de Lima y Callao, la fiscalización está a cargo de Sedapal.

Asimismo, el control de las descargas de agua residual a un cuerpo de agua como un río, lagos o el mar está a cargo de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

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