En la pequeña empresa, con ingresos anuales no superiores a S/.6' 545.000, los trabajadores antiguos o nuevos tendrán derecho a la CTS, si no está inscrita en el Remype.
El próximo viernes 15 de mayo vence el plazo para que las empresas depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo semestral noviembre 2014 – abril 2015.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recordó que para la mediana y gran empresa, los empleadores deben tomar en cuenta la remuneración del trabajador al 30 de abril, a la que debe agregarse un sexto de la gratificación que percibió el trabajador en diciembre 2014.
A manera de ejemplo: S/.3000 + S/.500 = S/.3,500 / 12 = S/.292 x 6 = S/.1,752. (monto a depositar).
PEQUEÑA EMPRESA
Con ingresos anuales no superiores a 1,700 UIT, es decir, S/.6' 545.000, pueden presentarse tres situaciones: si la pequeña empresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores antiguos o nuevos, tendrán derecho a CTS conforme a las reglas generales.
Pero en caso la empresa esté inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes del registro tendrán derecho a CTS según las normas del régimen general. Mientras que para el caso de los trabajadores nuevos, contratados luego del registro de la pequeña empresa en el Remype, tendrán derecho al 50% de CTS, que debe ser calculada conforme al régimen general.
MICROEMPRESA
Con ingresos anuales no superiores a 150 UIT, es decir, S/.577,500, si la empresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a CTS bajo el régimen general.
Pero si se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a CTS bajo el régimen general. Y, en el caso de sus nuevos trabajadores contratados con posterioridad a su inscripción en el Remype, éstos no tienen derecho a CTS.
MENOS DE UN MES
Los trabajadores que al 30 de abril de 2015 tengan menos de un mes de servicios, no tienen derecho al depósito de la CTS que vence el 15 de mayo, pero los días laborados se sumarán al semestre mayo – octubre 2015 y la CTS acumulada se depositará hasta el 16 de noviembre de 2015.
Libre disposición
El gremio empresarial, recordó que hasta el 31 de diciembre de este año, los trabajadores solo podrán retirar hasta el 70% de su CTS que excede a 6 sueldos, salvo que en los próximos días el Congreso apruebe el Proyecto de Ley del Gobierno, que permitirá retirar el 100% de la CTS que excede a los 4 sueldos.
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