Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Reflexiones del evangelio
Lunes 28 de julio | (Nuestra Señora de la Paz) - "María dijo: Engrandece mi alma al Señor y mi espíritu se alegra en Dios mi salvador"
EP 1044 • 12:09
Informes RPP
INCORE 2025: Ayacucho, Huánuco y Huancavelica aún siguen debajo del promedio en competitividad regional
EP 1310 • 04:04
Letras en el tiempo
Obras que cumplen 100 años
EP 27 • 39:32

Feriado: ¿Cuánto me pagarán extra si trabajo hoy, 08 de diciembre?

El pago extra no cambia si usted se encuentra laborando vía trabajo remoto.
El pago extra no cambia si usted se encuentra laborando vía trabajo remoto. | Fuente: Andina

Conoce si eres uno de los trabajadores a quienes les corresponde un triple pago por laborar durante este día feriado.

Hoy 8 de diciembre se celebra el día de la Inmaculada Concepción y uno de los últimos feriados del año. Pero, ¿qué pasa si debo trabajar este día?

De acuerdo al Decreto Legislativo 713, si es un trabajador formal, la empresa deberá pagarle un extra por laborar este día.

Los empleados que trabajen hoy deben recibir una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración adicional por haber laborado un día feriado.

Es decir, deberán recibir una triple remuneración. Esto siempre y cuando no tomen un día de descanso sustitutorio.

Por ejemplo:  - Si el trabajador reciben una remuneración diaria de S/60 percibirá por el feriado que no laboró S/60 (lo que gana normalmente si trabaja).

- Si ese empleado trabaja el día feriado, pero va a tomar un día de descanso recibirá igual S/60.

- Pero, si este trabajador decide trabajar el día feriado y no tomar un día de descanso en reemplazo, entonces recibirá una triple remuneración diaria: S/60 x 3 = S/180.

De acuerdo con Mónica Pizarro, abogada laboralista en el estudio Echecopar, si la empresa hace que el trabajador labore ese día aunque sea por una horas igual deberá recibir el triple pago.

"El trabajo en día feriado o descanso, cualquiera sea su duración hace que se genere el pago del día completo, así alguien se conecte por dos horas", comentó.

Esto, ante la actual coyuntura, también aplica para los trabajadores que laboran vía trabajo remoto.

Video recomendado

Tags

Más sobre Economía

Lo más leído

SIGUIENTE NOTA