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Fiestas Patrias: Si descansarás este 26 y 27 de julio, así tendrás que devolver esas horas

Los días declarados como no laborables no generan pagos adicionales por trabajar esos días. El pago es como cualquier día laborado, afirma Alache.
Los días declarados como no laborables no generan pagos adicionales por trabajar esos días. El pago es como cualquier día laborado, afirma Alache. | Fuente: ANDINA

Para facilitar el tránsito de las delegaciones de deportistas participantes en los Juegos Panamericanos Lima 2019el Gobierno declaró una jornada y día no laborables el viernes y sábado de la siguiente semana.

El Gobierno peruano declaró jornada y día no laborables el 26 y 27 de julio de este año en Lima Metropolitana y Callao, debido a que la capital es la sede de los Juegos Panamericanos Lima 2019.

Días de descanso

A través del decreto supremo N°124-2019-PCM, publicado este último sábado en las Normas Legales del diario oficial El Peruano, el Gobierno explica que la medida es aplicable para trabajadores del sector público y privado y serán compensables.

Según, Percy Alache, Director del Departamento Laboral de PwC Perú, la jornada declarada no laborable sujeta a compensación, empieza desde el mediodía del viernes 26 de julio al sábado 27 de julio.

Devolución de horas no laboradas

La forma de recuperación de los días no laborables (por lo general) es la siguiente, explica el abogado laboralista:

1.Sector Público: Las horas o jornada no laboradas se deberán devolver dentro de los 10 días inmediatos posteriores a los días no laborables se deberá recuperar el tiempo no trabajado (se prorratean las horas del mediodía o día completo que se hayan tomado). La entidad pública puede proponer una fecha especial de compensación, también.

2.En el caso de los privados y en las empresas del Estado: Su acogimiento es opcional, previo acuerdo entre trabajador y empresa. Ese acuerdo también debe contener la forma de cómo se compensarán las horas no laboradas. A falta de acuerdo decide la empresa.

Según la norma, la recuperación de las horas y del día no laborados se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso, el tiempo de trabajo que comprende la recuperación de horas puede ser mayor al periodo dejado de laborar.

 

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