El Bono Familiar Habitacional a otorgar es un subsidio directo que da el Estado a una familia gratuitamente y no se devuelve.
El Gobierno lanzó la Cuarta Convocatoria para la entrega de Bonos Familiares Habitacionales del programa Techo Propio, hasta por un máximo de 19 mil 35 soles, según una resolución del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Dos modalidades. El documento publicado en las Normas Legales en el Diario Oficial El Peruano, señala que se otorgará 1,424 bonos a las familias que deseen construir en sitio propio en las y 802 bonos a aquellas que busquen mejorar su vivienda.
De acuerdo al Fondo Mivivienda, para construir una vivienda el subsidio puede ser de S/ 19,035 o S/ 14,175, y dependerá del presupuesto de obra. Mientras que para mejorar su vivienda es de S/ 9,315.
El subsidio. El Bono Familiar Habitacional (BFH) del programa Techo Propio es uno de los subsidios más exitosos del Fondo Mivivienda, lo otorga el Estado a una familia de manera gratuita como premio a su esfuerzo ahorrador y no se devuelve. El valor del Bono varía de acuerdo a la modalidad a la que la familia postule.
La resolución exonera a las familias ubicadas en las zonas declaradas en emergencia por el Niño costero, de entregar fianzas solidarias para acceder a las mencionadas modalidades del programa habitacional Techo Propio.
Los requisitos. Una familia para acceder al programa requieren:
-Conformar un Grupo Familiar conformado por un Jefe de Familia, que declarará a uno o más dependientes que pueden ser: su esposa, su conviviente, sus hijos, hermanos o nietos menores de 25 años o mayores de 25 años con discapacidad, sus padres o abuelos.
-Para construir o mejorar vivienda: El ingreso neto familiar mensual no debe exceder el valor de S/ 1, 915.
-No haber recibido con anterioridad apoyo habitacional del Estado.
-Contar con el ahorro mínimo necesario para la compra, construcción o mejoramiento de su vivienda.
-Si quieren construir o mejorar su vivienda, deben ser propietarios del predio donde se ejecutará la obra, y éste debe estar inscrito en Registros Públicos sin cargas ni gravámenes, y no deben contar con otro terreno o vivienda a nivel nacional.
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