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Gratificación del sector público será de hasta 300 soles

Foto: Andina
Foto: Andina

Mediante un Decreto Supremo, el Gobierno dispuso el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias, entre otras disposiciones.

Mediante un Decreto Supremo, publicado en las Normas Legales del diario El Peruano, el Gobierno dispuso un aguinaldo de hasta 300 soles para los funcionarios y servidores del Estado, nombrados o contratados, por Fiestas Patrias. Cabe precisar que el beneficio se extiende a militares, policías y pensionistas a cargo del Estado.

La normativa precisa las condiciones del pago del aguinaldo: En el caso del personal, será haber estado laborando al 30 de junio, en uso de vacaciones o licencia con goce de haber o percibiendo los subsidios de la ley 26790. Además, deberá contar con una antigüedad no menor a tres meses.

En el caso del personal del magisterio, recibirá el aguinaldo según lo previsto en la ley 24029. En tanto, los internos de medicina y odontología recibirán cien soles, según se desprende del mentado Decreto Supremo.

Por su lado, los pensionistas de la Caja Militar Policial recibirán hasta 300 soles y en función a la disponibilidad de los recursos que administra. Recibirán el aguinaldo los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes 15117 y 28091, decretos leyes 19846 y 20530 y Decreto Supremo 051-88-PCM.

Cabe precisar que, según la mentada ley, no recibirán aguinaldo las personas que prestan servicio bajo la modalidad de contratos administrativos de servicios (CAS), locación de servicios o contratos similares.

Tampoco están comprendidas las reparticiones estatales sujetas al régimen laboral de la actividad privada, que, por dispositivo legal o negociación colectiva, vienen otorgando montos por concepto de gratificación.

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