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Gratificaciones: ¿Los practicantes pueden recibir este beneficio?

Los practicantes tienen un beneficio llamado monto de subvención.
Los practicantes tienen un beneficio llamado monto de subvención. | Fuente: Andina

Las empresas están obligadas a entregar el monto equivalente a la gratificación a todos sus trabajadores en planilla.

Las empresas tienen hasta el 15 de julio para depositar el pago de gratificaciones de Fiesta Patrias a todos sus trabajadores en planilla.

Ante esto, ¿los practicantes podrían acceder a este beneficio?

No, los practicantes no podrán recibir un dinero extra pues no figuran en las planillas de las empresas.

Sin embargo, el abogado laboralista Germán Lora indican que sí tienen un beneficio llamado monto de subvención que se otorga cada seis meses.

“Un practicante no debe esperar que en julio le toque gratificación, porque cada seis meses de su relación con la empresa que lo ha contratado recibe medio ingreso mensual adicional, es decir, si un practicante entró en marzo a una empresa, no recibirá en julio la subvención, sino en setiembre”, explica el especialista.

La normatividad contempla hasta seis tipos de modalidades formativas: pasantía, aprendizaje, capacitación laboral juvenil, actualización para reinserción laboral (dirigida a personas entre 45 y 65 años), las prácticas pre profesionales y las profesionales.

¿Qué otros derechos tienen los practicantes?

Los jóvenes en modalidades formativas deben tener una jornada de práctica menor a seis horas al día si son pre profesionales y 48 horas a la semana si son profesionales.

Además deberán tener al menos un día de descanso a la semana y también descanso en días feriados.

Respecto al pago, le corresponde como mínimo un sueldo equivalente a una remuneración mínima vital (RMV), es decir S/930, si desarrollan trabajan una jornada completa.

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