Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Suspensión de Benavides como fiscal debe ser acatada, dice abogado de presidente de JNJ
EP 1850 • 10:08
Reflexiones del evangelio
Miércoles 25 de junio | "Cuidado con los falsos profetas; se acercan con piel de oveja, pero por dentro son lobos rapaces. Por sus frutos los conocerán"
EP 1011 • 12:34
El Club de la Green Card
Redadas migratorias 2025: Trump lanza megaoperativo en ciudades latinas clave
EP 197 • 01:23

Indecopi sancionó a Banco Ripley por llamar y enviar mensajes a consumidores sin su consentimiento

Indecopi sancionó a Banco Ripley.
Indecopi sancionó a Banco Ripley. | Fuente: Imagen referencial: Andina

El caso fue iniciado de oficio, en atención a los reportes proporcionados por los consumidores al ‘Whatsapp No Insista’ que la institución puso a disposición de los usuarios para detectar el incumplimiento de la ley.

El Indecopi sancionó, en primera instancia, a Banco Ripley Perú por promocionar sus productos o servicios a través de llamadas telefónicas y mensajes de textos sin el consentimiento previo de los consumidores.

El caso fue iniciado de oficio luego de que un grupo de consumidores reportaran esta situación’. Estos reportes fueron utilizados como indicios, además de otros elementos obtenidos de las indagaciones, para abrir el procedimiento y sancionar con S/ 214 140 (49.8 UIT).

Cabe precisar que en este caso el Banco Ripley reconoció la infracción imputada. Asimismo, se debe precisar que se pudo advertir que algunos consumidores sí dieron su consentimiento para recibir llamadas o mensajes promocionales a través de los contratos.

De acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor (artículo 58, numeral 58.1, literal e), el envío de mensajes o llamadas promocionales, sin la previa autorización de los consumidores, califica como un ‘método comercial agresivo’.

La decisión de la Comisión de Protección al Consumidor se encuentra en plazo de apelación que, de ser presentada, sería resuelta por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, segunda y última instancia administrativa del Indecopi.

Hay que recordar que anteriormente ya se han impuesto otras sanciones a empresas que enviaron mensajes o realizaron llamadas promocionales a los consumidores sin su autorización previa como Banco Falabella (S/ 193 500), América Móvil Perú, Telefónica del Perú y Rappi.

Video recomendado

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

SIGUIENTE NOTA