Por concertar precios del balón de gas el Indecopi les impuso una sanción total de S/ 49.3 millones.
El Indecopi confirmó la multa impuesta a las empresas envasadoras Solgas, Lima Gas, Zeta Gas y a seis ejecutivos de dichas empresas, por concertar el precio del balón de GLP entre el 2008 y el 2011.
Balón de gas
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi mediante Resolución N° 157-2019/SDC-INDECOPI sancionó al cártel con 49 millones 300 mil soles por haber participado en prácticas colusorias consistentes en fijar concertadamente los precios de venta del balón de gas.
Esta conducta está prevista como infracción en el artículo 11 de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1034.
La práctica sancionada ha sido desarrollada en la cadena de venta de GLP envasado a distribuidores y corresponde a las presentaciones de balones de GLP de 10, 15 y 45 kg.
Las multas
Las empresas envasadoras a través de correos electrónicos acordaron fijar el precio de venta de los balones de gas licuado de petróleo (GLP) para distribuidores mayoristas a nivel de Lima Metropolitana y Callao y a nivel nacional.
Por estas conductas, la SDC determinó la multa aplicable a Solgas S.A. en 9,513.11 UIT (equivalente a S/ 39’955,062), para Lima Gas S.A. en 1,312.32 UIT (equivalente a S/ 5’511,744), y para Zeta Gas Andino S.A. en 834.86 UIT (equivalente a S/ 3’506,412).
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