Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Metadata
METADATA | E247: Computex 2024 y qué vendrá a las PCs este año y la ambiciosa estrategia de IA de OPPO
EP 247 • 25:05
Entrevistas ADN
SUNASS defiende cálculo de aumento de tarifa de agua
EP 1683 • 12:37
El comentario económico del día
¿Cuáles son los últimos indicadores sobre inseguridad ciudadana, según el INEI?
EP 314 • 06:04

Indecopi multa a Mifarma con más de S/ 459 mil por no vender medicamentos genéricos por unidad

Todas las farmacias y boticas en el país están obligadas a tener una lista de medicamentos genéricos prioritarios disponibles para vender al público.
Todas las farmacias y boticas en el país están obligadas a tener una lista de medicamentos genéricos prioritarios disponibles para vender al público. | Fuente: Andina | Imagen referencial

La fiscalización del Indecopi señala que la cadena de farmacias no pusieron a disposición lista de precios de medicamentos y no brindaron información veraz a sus clientes.

La cadena de farmacias Mifarma fue multada por Indecopi con 104.5 UIT, equivalentes a S/ 459,800, por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Esta falta al código se debió a que la empresa no puso a disposición de los clientes la lista de precios de los productos farmacéuticos que comercializa, y no permitía la venta de medicamentos genéricos por unidad, considerado una practica abusiva.

Asimismo, la Comisión de Protección al Consumidor N°3 del Indecopi comprobó que la farmacia no contaba con el medicamento “Naproxeno” de 550mg. en su versión genérica, pese a tenerlo en almacén. Esto significa una infracción al artículo 2 del Código.

Además, verificó que contaban con una ventanilla o pantalla giratoria para la consulta de precios de los medicamentos, pero se requería del apoyo del personal de la farmacia para su uso, por lo que no se consideraba que esta lista estuviera a disposición de los consumidores, lo cual es obligatorio según el artículo 5 del Código.

Cabe mencionar que son considerados métodos abusivos todas las prácticas que realice el proveedor para aprovechas la situación de desventaja del consumidor.

En total la Comisión realizó acciones de supervisión en 17 establecimientos de Mifarma.

La sanción impuesta aún se encuentra dentro del plazo de apelación, la cual podrá ser presentada a la Sala Especializada en Protección al Consumidor.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA