Según ley está prohibido que los proveedores redondeen los precios en perjuicio del consumidor, salvo que éste manifieste expresamente su aceptación como por ejemplo en donaciones.
La Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi recordó que el redondeo de los precios se realiza siempre en beneficio de los consumidores, tal como lo señala el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Redondeo
A inicios de mes, el Banco Central de Reserva (BCR) anunció que dejará de emitir y retirará de circulación las monedas de cinco céntimos de sol a partir del 1 de enero del 2019 porque dejaron de ser usadas por el público en los últimos años.
Por ejemplo, si el costo de un producto es de S/ 4.89, al momento de efectuar el pago en efectivo el proveedor debe redondear el precio y cobrar la suma de S/ 4.85, y si vale S/ 1.92 la suma que pagarás es S/1.90.
Desde 2019
Ahora a partir del próximo los establecimientos no deberán utilizar la moneda de 5 céntimos para entregarla como vuelto, debiendo cumplir las reglas del redondeo en beneficio del consumidor, para todos los casos de transacciones realizadas en efectivo, ya sea compra de productos o pago de servicios (públicos y privados).
Esta situación no se aplica para las transacciones realizadas mediante el uso de tarjetas de débito o crédito, transferencias bancarias, cargos en cuenta, entre otras similares, en donde el cargo se realiza por el importe exacto informado al consumidor.
Recuerde que, si bien estas monedas salen de circulación, siguen manteniendo su valor. Por ello, el plazo para su canje es ilimitado y se podrá realizar en cualquier entidad del sistema financiero, totalmente gratis, en múltiplos de 10 céntimos.
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