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INEN, INO, Maternidad de Lima y el Hospital del Niño no incurrieron en competencia desleal

Acusaron de competencia desleal a los institutos especializados INEN, INSN, INMP e INO.
Acusaron de competencia desleal a los institutos especializados INEN, INSN, INMP e INO. | Fuente: MINSA

Una clínica particular denunció ante el Indecopi a cuatro institutos especializados INEN, INSN, INMP e INO.

El INEN, el INO, la Maternidad de Lima y el Hospital del Niño no incurrieron en competencia desleal debido a que sí cumplen función subsidiaria, confirmó en segunda y última instancia administrativa, el  ente fiscalizador Indecopi.

 Subsidian la atención

La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi declaró infundadas las denuncias contra el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), el Instituto Nacional de Salud del Niño (INSN), el Instituto Nacional Materno Perinatal (INMP) y el Instituto Nacional de Oftalmología (INO), que fueron denunciados por desarrollar, presuntamente, actividad empresarial, a través de la prestación del servicio de salud bajo Tarifario Diferenciado, sin cumplir con los requisitos establecidos por ley.

La denuncia presentada por la Clínica Santa Teresa cuestionaba que estos cuatro institutos especializados de salud del Estado habrían desarrollado actividad empresarial estatal, a través de la prestación del SBTD, sin cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 60 de la Constitución Política del Perú, donde se precisa que el Estado solo puede realizar actividad empresarial cuando sea autorizado por ley expresa, actúe de manera subsidiaria y responda a un alto interés público o a una manifiesta conveniencia nacional.

¿Por qué?

Las investigaciones determinaron que ningún proveedor particular ofrece a los ciudadanos los servicios médicos con la elevada especialización del INEN, Hospital del Niño, la Maternidad de Lima, ni del INO.

El Indecopi verificó que en el mercado no existe establecimiento de salud privado que ofrezca tales servicios bajo la misma complejidad, especialización y categoría que el prestado por la denunciante. Por este motivo, estas instituciones del Estado eran los únicos agentes en dichos mercados.

La entidad fiscalizadora identificó las dificultades administrativas que impedían que, en un corto plazo, un nuevo agente económico pudiese obtener el grado de especialización alcanzado por el INEN, INSN, INMP y el INO, debido a que se requiere una significativa inversión en infraestructura, equipamiento y recursos humanos.

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