Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Metadata
METADATA | E247: Computex 2024 y qué vendrá a las PCs este año y la ambiciosa estrategia de IA de OPPO
EP 247 • 25:05
Entrevistas ADN
SUNASS defiende cálculo de aumento de tarifa de agua
EP 1683 • 12:37
El comentario económico del día
¿Cuáles son los últimos indicadores sobre inseguridad ciudadana, según el INEI?
EP 314 • 06:04

MEF reduce a cinco días devolución de drawback a exportadores

Foto:
Foto:

Ministerio de Economía y Finanzas busca con esta prórroga privilegiar el uso de la transmisión electrónica en el trámite de restitución simplificado de derechos arancelarios.

El plazo de devolución del drawback a los exportadores no tradicionales que presenten a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) sus solicitudes vía transmisión electrónica se reducirá de diez a cinco días hábiles, informó hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Para las solicitudes de restitución de derechos arancelarios que se presenten en forma documentaria, se mantendrá mientras tanto el plazo vigente de diez días hábiles.

Con esta reducción del plazo, orientado por los principios de economía y celeridad, el MEF busca privilegiar el uso de la transmisión electrónica en el trámite de restitución simplificado de derechos arancelarios, subrayó.

Ello con el propósito de facilitar dicho proceso y de continuar incentivando y apoyando el crecimiento de las exportaciones, así como mejorar la competitividad de ese sector en el mercado internacional.

Para hacer efectiva dicha reducción del plazo, se sustituirá, mediante decreto supremo, el primer párrafo del Artículo 10 de Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios.

Explicó que actualmente las empresas productoras y exportadoras pueden solicitar ante la aduana operativa la devolución del monto correspondiente a la restitución de derechos arancelarios optando entre la transmisión electrónica de la solicitud (vigente desde el año 2003) o la presentación documentaria.

No obstante, a la fecha la mayoría de las empresas exportadoras optan por la presentación física de las solicitudes, lo que trae como consecuencia una saturación de trabajo y el empleo de importantes recursos logísticos para atender dicho proceso por parte de la Sunat, generando retrasos.

En respuesta a esta problemática, y con el claro objetivo de agilizar los procedimientos de exportación, el MEF decidió llevar adelante la citada reducción del plazo.

El mecanismo de drawback, creado en 1994, es el régimen que permite, como consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos arancelarios que hayan gravado la importación para el consumo de las mercancías contenidas en los bienes exportados o consumidos durante su producción.

ANDINA

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA