Sin embargo el laboralista Ricardo Herrera advirtió que el cambio afecta los derechos de casi 90 mil trabajadores del régimen privado en el Estado, quienes dejarán de percibir el CTS en mayo y noviembre.
Los trabajadores que ingresen al Servicio Civil tendrán derecho a recibir el pago de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), pero a diferencia de los trabajadores del sector privado que tienen depósitos bancarios en mayo y noviembre, el pago se hará cuando dejen de laborar.
“El trabajador del Estado voluntariamente postularía o pasaría a este nuevo régimen, de modo que se ajusta o se atiene a las reglas de juego, que son entre otras que la CTS se paga al final de la relación laboral como ocurre en todos los países donde hay Servicio Civil”, explicó a RPP Noticias el laboralista Ricardo Herrera.
Para el presidente de Servir, Juan Carlos Cortés, el nuevo esquema de CTS beneficiará a más de un millón de trabajadores del Estado que hoy, en la práctica, no reciben este beneficio ya que sus pagos se calculan sobre los salarios ínfimos e irreales que figuran en sus boletas de pago.
“¿Con qué ganas más, con cien más intereses que son 8% o 9% o si tienes un aumento de 100 a 200?”, preguntó Cortés tratando de explicar el beneficio para los trabajadores de los regímenes 276 donde están los nombrados y los CAS quienes no tienen pago de CTS.
A quienes sí afecta la norma es a los casi 90 mil trabajadores del régimen 728 o régimen privado en el Estado, obligados desde el próximo mes a aceptar esta nueva condición, les guste o no.
“Entonces me parece que es un trato discriminatorio, allí radica el perjuicio, un trato discriminatorio, que por ende es inconstitucional”, dijo Herrera.
Según el laboralista, la nueva modalidad de CTS en el Estado se aplica a todas la administración pública a excepción de las 33 empresas estatales que están en el ámbito del Fonafe.
Comparte esta noticia